DUELO
Decreto 1411/97
Adhiérese al duelo motivado por el fallecimiento del
Doctor Benito Llambi.
Bs. As., 22/12/97
B.O.: 26/12/97
VISTO que en la fecha se ha producido el fallecimiento del Doctor
D. Benito LLAMBI, y
CONSIDERANDO:
Que el extinto consagro su vida al quehacer nacional, primero
desde las filas del Ejercito y luego, por más de medio
siglo, en la diplomacia y en la actividad politice, encabezando
entre otras las misiones en Suiza, Suecia, Thailandia, Canadá
y Uruguay y ocupando el cargo de Ministro del Interior durante
la tercera Presidencia del Teniente General Juan Domingo PERON
hasta la muerte del mismo para finalizar su trayectoria como Embalador
de la República, en la República Oriental del Uruguay.
Que toda su trayectoria ha sido destacada por su honradez y respeto
por los principios democráticos, poniendo en evidencia
sus grandes condiciones humanas y su compromiso con la realidad
del país.
Que es un deber del Gobierno Nacional honrar la memoria del Doctor
D. Benito LLAMBI con motivo de su lamentable desaparición.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 99, inciso I de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Adherir al duelo motivado por el
fallecimiento del Doctor D. Benito LLAMBI.
Art. 2º-Por el MINISTERIO DEL INTERIOR se expresaran
a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.
Art. 3º-La Bandera Nacional permanecerá izada
a media asta en todos los edificios públicos durante TRES
(3) días en señal de duelo, a partir de la fecha
de su fallecimiento.
Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
-MENEM.-Carlos V. Corach - Alberto J. Mazza.