CONTRATOS DE PRESTAMO
Decreto 145/98
Apruébase el modelo de Contrato de Préstamo destinado
al Programa de Gestión Ambiental de la Cuenca Matanza-Riachuelo,
para ser suscripto con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Bs. As., 30/1/98
B.O. 4/2/98
VISTO el Expediente Nº 10.141/97 del registro del COMITE
EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA
HIDRICA MATANZA-RIACHUELO, creado en el ámbito de la SECRETARIA
DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA
DE LA NACION, el modelo de Contrato de Préstamo Nº
1059/OC-AR destinado al PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL DE LA CUENCA
MATANZA-RIACHUELO, propuesto para ser suscripto entre la NACION
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) hasta
por una suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES
(U$S 250.000.000), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el referido modelo de Contrato de Préstamo
Nº 1059/OC-AR, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del
PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO,
que se ejecutará por intermedio del COMITE EJECUTOR DEL
PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO
(CEMR), creado por Decreto Nº 482/95 de fecha 20 de Septiembre
de 1995 en el ámbito de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES
Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCLA DE LA NACION.
Que mediante el artículo 4º del Decreto Nº 1094/96
de fecha 26 de septiembre de 1996 se encomendó al COMITE
EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA
HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR) la gestión y administración
del PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA
MATANZA-RIACHUELO, con carácter de Unidad Ejecutora del
mismo.
Que el Programa al que se destinan los recursos tiene por finalidad
primordial llevar a cabo las acciones necesarias para el saneamiento
ambiental de la cuenca hídrica Matanza-Riachuelo, el control
y prevención de las inundaciones que la afectan y la recuperación
de su calidad ambiental.
Que los recursos del modelo de Contrato de Préstamo Nº
1059/OC-AR serán destinados a financiar estudios y acciones
relacionadas con la ejecución del PLAN DE GESTION AMBIENTAL
Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización,
las tasas de interés y demás cláusulas contenidas
en el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR
propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en
este tipo de operaciones y resultan adecuados a los propósitos
y objetivos a los que esta destinado este Préstamo.
Que la formalización de esta operación requiere
que la NACION ARGENTINA. por medio del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, suscriba el modelo de Contrato de
Préstamo Nº 1059/ OC-AR para el financiamiento del
PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención
que le compete.
Que en virtud del Decreto Nº 434 del 15 de mayo de 1997 y
de la Decisión Administrativa Nº 210 del 15 de mayo
de 1997, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la debida
intervención.
Que el modelo de Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR
propuesto para ser suscripto se encuentra comprendido en los términos
del Artículo 60 in fine de la Ley Nº 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 16 de la
Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.1997)
y el Artículo 99 inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL,
el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se encuentra facultado para aprobar
operaciones de esta naturaleza y someter eventuales controversias
a la decisión de Tribunales Arbitrales.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Apruébase el modelo de Contrato
de Préstamo Nº 1059/OC-AR para el PROGRAMA DE GESTION
AMBIENTAL DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO, que consta de SIETE
(7) Capítulos y TREINTA (30) Cláusulas; las Normas
Generales Aplicables a los Contratos de Préstamo del BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), integrada por NUEVE (9) Capítulos
y CUARENTA Y OCHO (48) Artículos y los Anexos A, B y C,
a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (BID), hasta por una suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES
DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S 250.000.000), con cargo a los
recursos de la Facilidad Unimonetaria del Capital Ordinario del
Banco, cuya copia autenticada forma parte del presente Decreto
como ANEXO I.
Art. 2º-Facúltase al señor Ministro
de Economía y Obras y Servicios Públicos o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación
de la NACION ARGENTINA, el Contrato de Préstamo Nº
1059/OC-AR y toda la documentación referente al mismo,
conforme al modelo aprobado por el Artículo 1º del
presente Decreto.
Art. 3º -Facúltase al señor Ministro
de Economía y Obras y Servicios Públicos o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir en
nombre y representación de la NACION ARGENTINA, modificaciones
al Contrato de Préstamo Nº 1059/OC-AR cuyo modelo
se aprueba por el Artículo 1º del presente Decreto,
siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al
objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de
su monto o introduzcan modificaciones al Procedimiento Arbitral
pactado.
Art. 4º-Desígnase al COMITE EJECUTOR DEL PLAN
DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO
(CEMR), creado por Decreto Nº 482/ 95 de fecha 20 de septiembre
de 1995, como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL
DE LA CUENCA MATANZA-RIACHUELO.
Art. 5º-Facúltase al señor Miembro Coordinador
del COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO
DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR), o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a celebrar contratos de locación
de obras y/o de servicios con terceros, sin relación de
dependencia legal o administrativa, como así también
a adquirir los bienes muebles y/o equipos que fueren menester
para la ejecución del Programa, quedando sujetos los contratos
respectivos y procedimientos de adquisiciones, a las normas y
procedimientos contenidos en el modelo de Contrato de Préstamo
Nº 1059/OCAR que se aprueba por el Artículo 1º
del presente Decreto y al Artículo 72 de la Ley Nº
11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1997).
Art. 6º-Facúltase al señor Miembro Coordinador
del COMITE EJECUTOR DEL PLAN DE GESTION AMBIENTAL Y DE MANEJO
DE LA CUENCA HIDRICA MATANZA-RIACHUELO (CEMR), o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a celebrar los convenios
de prestaciones subsidiarias, y de ejecución. con la Provincia
de BUENOS AIRES, y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES respectivamente, que fueran necesarios para la ejecución
del Programa.
Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
-MENEM. -Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.-Carlos
V. Corach.
NOTA: Este decreto se publica sin el Anexo I. La documentación
no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767 - Capital Federal).