RADIODIFUSION Decreto 1465/96
Apruébanse los actos del concurso público sustanciado
por el COMFER para la adjudicación de la licencia para
la instalación, funcionamiento y explotación de
una estación de radieditusi6n sonora por modulación
de amplitud y una estación de radiodifusión sonora
por modulación de frecuencia, ambas en la ciudad de Buenos
Aires.
Bs.As., 13/12/96
VISTO el Expediente N° 1030-COMFER/94, del Registro del COMITE
FEDERAL DE RADIODIFUSION, y el decreto N° 873/94.
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 22.285 determina que las licencias para la
prestación del servicio de radiodifusión sonora
por modulación de amplitud serán adjudicadas por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante concurso público.
Que a tales fines se dicto el decreto citado en el Visto, a través
del cual se autorizó al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
a llamar a concurso publico para la adjudicación de la
licencia para la instalación. funcionamiento y explotación
de una estación de radiodifusión sonora por modulación
de amplitud en la ciudad de Buenos Aires, la que debería
emitir en la frecuencia de 1110 Khz.
Que, en virtud de ello, el mencionado acto administrativo dejo
sin efecto, al solo fin de la substanciación del referido
procedimiento concursal, las disposiciones del Decreto N°
1151/84 que suspendiera el Plan Nacional de Radiodifusión
aprobado mediante el Decreto N° 462/81.
Que. a través del Decreto N° 873/94, también
se autorizo al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION a elaborar el Pliego
de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regiría
los actos concursales correspondientes, facultando a quien resultase
adjudicatario a instalar una estación de radiodifusión
sonora por modulación de frecuencia, en idéntica
localización y operable en la frecuencia de 97.5 Mhz.
Que, en cumplimiento de las facultades conferidas, el COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION, por Resolución N° 1416 del 27 de
diciembre de 1995, dispuso llamar a concurso público para
la adjudicación de una estación de radiodifusión
sonora por modulación de amplitud y, optativamente, una
estación de radiodifusión sonora por modulación
de frecuencia, las que operarían, respectivamente, en las
frecuencias de 1110 Khz. y 97.5 Mhz., ambas en la ciudad de Buenos
Aires.
Que el 1° de marzo de 1996 se realizo el acto de apertura
con la presencia del: profesional delegado de la ESCRIBANIA GENERAL
DE GOBIERNO, quedando registradas las propuestas presentadas por
RADIO FUTURO SOCIEDAD ANONIMA (en formación): RADIO AL
SUR SOCIEDAD ANONIMA (en formación); RADIODIFUSORA LR2
SOCIEDAD ANONIMA (en formación); RADIO SIGLO XXI SOCIEDAD
ANONIMA (en formación) y RADIO CADENA ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA (en formación), como oferentes al concurso referido.
Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, a través de la
opinión conjunta emitida por las DIRECCIONES GENERALES
CONCURSOS PUBLICOS Y JURIDICOS Y NORMATIVA con ajuste al principio
de celeridad. economía, sencillez y eficacia en los procedimientos
administrativos previstos por el artículo 1°, inciso
b) de la Ley N° 19.549 y en cumplimiento, en el caso de la
última de las áreas mencionadas, de lo prescripto
por el artículo 7°, inciso d) del citado plexo normativo,
practico un exhaustivo examen de las ofertas en los aspectos exigidos
por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares
antes referido.
Que la autoridad superior del organismo interviniente evaluó
el resultado de los análisis y estudios efectuados, resolviendo
las impugnaciones deducidas y arribando a la conclusión
que ninguna de las propuestas reunía las condiciones exigidas
para acceder a la titularidad de la licencia en cuestión,
entendiendo procedente, por ello, declarar fracasado el concurso
substanciado y propiciar un nuevo llamado con idéntica
finalidad que la expresada en el Decreto N° 873/94 precedentemente
mencionado.
Que el curso de acción propiciado por el COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION en orden a la previa calificación asignada
al concurso. si bien no prevista por el ordenamiento legal en
vigencia, resulta suficientemente sustentado en los informes emitidos
por las áreas competentes de dicha jurisdicción.
Que como consecuencia en lo expuesto, se a tornado abstracta la
decisión sobre recurso de alzada Interpuesto subsidiariamente
por la oferente RADIO AL SUR S A (e.f.) contra la Resolución
N° 799/COMFER/96 y la Disposición N° 2/COMFER/DGCP/96.
Que el presente se dicta de conformidad con lo establecido par
el articulo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL y en ejercicio
de las facultades otorgadas por el articulo 39. inciso a) de la
Ley N. 22 285
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NAC1ON ARGENTINA
DECRETA
Artículo 1°- Apruébanse los actos del
concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
para la adjudicación de la licencia para la instalación,
funcionamiento y explotación de una estación de
radiodifusión sonora por modulación de amplitud
y una estación de radiodifusión sonora por modulación
de frecuencia, operables en las frecuencias de 1110 Khz. y 97.
5 Mhz., respectivamente, ambas en la ciudad de Buenos Aires. conforme
a lo enunciado en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y
Particulares, aprobado por la Resolución N° 1416-COMFER/95,
Art 2°-Desestimase las propuestas ocurrentes al concurso
público mencionado en el artículo precedente. presentadas
por RADIO FUTURO SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada
por los señores: Sergio Carlos SPADONE (DNI 18.047.035);
Leonardo Francisco SPADONE (DNI 21.474.249); Ariana Graciela SPADONE
de PARERA (DNI 20.350.909); Juan Francisco Lorenzo SPADONE (DNI
7.710.787); Ricardo Alberto Kleinman (LE 4.304.102); Emilio Remo
NOSEDA (DNI.5.795.208); Antonio Francisco SALONIA (LE 6.829.152);
Rodolfo GIMENEZ (DNI 4.579.596); Pastor Oscar MAGDALENA (LE 423.771);
Lorena Beatriz SPADONE de FINDOR (DNI 21.587.568) y Claudia Mabel
LITWIN (DNI 18.307.251); RADIO AL SUR SOCIEDAD ANONIMA (en formación)
integrada por los señores: Enrique Raúl ALBISTUR
(LE 7.608.941); María de los Angeles DIAZ (DNI 11.543.781);
Luis Moisés SUEZ (LE 4.138.880); Sofía MASRI de
SUEZ (LC 3.202.911); Julio Francisco Antonio AURELIO (LE 4.392.479)
y Felix Francisco NEBBIA (DNI 5.530.498); RADIODIFUSORA LR2 SOCIEDAD
ANON1MA (en formación), integrada por los señores:
Antonio CARROZZI (LE 5.010.687); Manuel Benito CAO (LE 4.211.938);
Rodolfo Enrique PAGANINI (LE 7.610.361); A1fredo Pedro CHINI (DNI
10.633.939) y Rodolfo Rafael MUNOZ (DNI 5.082.985); RADIO SIGLO
XXI SOCIEDAD ANONIMA (en formación), integrada por los
señores: Carlos Norberto FIORONI (LE 4.404.425) y Remo
Alberto FIORONI (LE 4.298.511) y RADIOCADENA ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA (en formación). integrada por los señores:
Gustavo DE FILIPPI (DNI 8.313.808); Carlos Alfredo FERLA (DNI
11.188.652); Pedro Mario PEREYRA (LE 7.937.728) y José
Gregorio VARGAS (LE 7.934.452).
Art. 3°- Declarase fracasado d concurso público
convocado por d acto administrativo mencionado en el artículo
1° y autorizase nuevamente al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
a llamar a concurso público para la adjudicación
de la licencia para la instalación. funcionamiento y explotación
de una estación de radiodifusión sonora por modulación
de amplitud y una estación de radiodifusión sonora
por modulación de frecuencia operables en las las frecuencias
de 1110 Khz. y 97.5 Mhz., respectivamente. ambas en la ciudad
de Buenos Aires.
Art. 4°-Autorizase igualmente al mencionado organismo
a elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares
que regirán los actos inherentes al nuevo concurso público
autorizado por el artículo anterior.
Art. 5°-Declarase abstracta la cuestión suscitada
como consecuencia de recurso de alzada interpuesto subsidiariamente
por la oferente RADIO AL SUR S.A. (e.f.) contra la Resolución
N° 799/COMFER/96 y la Disposición N° 2/COMFER/DGCP/96.
Art. 6° - Comuníquese, Publíquese, Dese
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.
- MENEM.- Carlos V. Corach.