ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
Decreto 1467/97
Desígnanse Presidente, Vicepresidente y Primer Vocal
del Directorio.
Bs. As., 30/12/97
B.O: 7/01/98
VISTO el Decreto Nº 375/97, modificado por su similar N°
500/97 y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842/97, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 14 del Decreto N° 375/97. se crea
en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, dentro de la
jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, actual SECRETARIA
DE TRANSPORTE - el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (O.R.S.N.A.).
Que resulta necesario, en virtud de las importantes funciones
que le han sido asignadas, que el mismo se encuentre constituido
al momento de firmarse el Contrato de Concesión para la
Explotación, Administración y Funcionamiento del
Grupo A de Aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos.
Que de acuerdo al cronograma vigente, según Decisión
Administrativa N° 688/97, la firma de dicho contrato esta
prevista para el próximo 26 de enero de 1998.
Que para cumplir sus funciones, dicho Organismo Regulador, deberá
elevar al PODER EJECUTIVO NACIONAL para su aprobación,
su estructura organizativa dentro de los TREINTA (30) días
de haber quedado constituido.
Que en función de la fecha y plazo citados en los considerandos
anteriores, resulta menester proceder a su integración.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 99, incisos l) y 7) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Desígnase Presidente del
Directorio del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS,
al Dr. Carlos MARTINO (D.N.I. N° 6.510.650).
Art. 2°-Desígnase Vicepresidente del Directorio
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, al
Lic. Alfonso Carlos ENSINCK (D.N.I. N° 4.302.605).
Art. 3°-Desígnase Primer vocal del Directorio
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, al
Dr. Enrique Miguel SPINEDI (D.N.I. N° 7.599.761).
Art. 4°-Invítase a los Gobernadores de las
Provincias donde se encuentren ubicados aeropuertos que integran
el Sistema Nacional de Aeropuertos, a designar de común
acuerdo, al Segundo Vocal del Directorio, dentro de los VEINTE
(20) días a partir de la entrada en vigencia del presente
decreto.
Art. 5°-A fin de posibilitar el escalonamiento previsto
por el artículo 19 del Decreto N° 375/97, en los cargos
de los integrantes del primer Directorio del ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, establécese que el
Presidente y el Vicepresidente ejercerán sus mandatos por
el término de TRES (3) años, el Primer vocal por
el término de DOS (2) años y el Segundo Vocal por
el término de UN (1) año.
Art. 6°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.