INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS Decreto 219/97 Desígnanse integrantes del Directorio, Síndico
y Síndico Suplente. Bs. As., 12/3/97
VISTO el Decreto N° 197 de fecha 7 de marzo de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que por su artículo 1° se da por concluida a partir
del 12 de marzo de 1997, la intervención normalizadora
en el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS
Y PENSIONADOS.
Que en esta oportunidad se considera pertinente que el Directorio
a constituirse este compuesto en su mayoría por Jubilados,
asegurando así una mayor participación en dicho
cuerpo de los beneficiarios de la Institución.
Que las disposiciones legales vigentes estipulan que el Directorio
debe estar compuesto por UN (1) Presidente. DOCE Directores, SEIS
(6) en representación del Estado, CUATRO (4) en representación
de los beneficiarios y DOS (2) en representación de los
trabajadores activos.
Que a fin de alcanzar el objetivo descripto en el segundo considerando
del presente, se dispone que de los SEIS (6) representantes del
Estado TRES (3) revistirán la calidad de jubilados y pensionados,
DOS (2) de ellos seleccionados a propuesta de entidades de beneficiarios
y el restante, de las entidades pasivas de reparticiones del Estado.
Que los CUATRO (4) representantes que por ley corresponden al
sector pasivo han sido seleccionados de entre las ternas elevadas
al señor Interventor del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS
SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, en la forma y por los medios
que las propias confederaciones, federaciones y agrupaciones de
centros de jubilados del país lo dispusieron, para ser
presentadas ante el Poder Ejecutivo.
Que es aconsejable que la selección de la representación
propenda a una distribución regional adecuada.
Que los representantes del sector de los trabajadores activos
han sido propuestos por la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO.
Que corresponde al MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL designar
al Presidente, Directores y Síndico del INSTITUTO NACIONAL
DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, pero atento
la trascendencia de la presente normalización se considera
pertinente avocarse a dicha atribución.
Que, en consecuencia, la presente medida se dicta en virtud de
lo establecido en los artículos 5° y 15 de la Ley
N° 19.032 y sus modificatorias y en el artículo 3°
de la Ley N° 19.549 y su modificatoria.
Por ello.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Desígnanse integrantes del
Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS
Y PENSIONADOS a las personas que a continuación se detallan:
PRESIDENTE:
Doctor Víctor Adrián ALDERETE (M.I. N° 4.097.866).
DIRECTORES:
Señor D. Juan Poncio RASERO (D.N.I. N° 2.706.180).
Señor D. Elpidio Eligio GONZALEZ (D.N.I. Nº 5.643.037).
Señor D. Julio LIBERMAN (L.E. N° 596.542).
Ingeniero D. Santiago TOMAGHELLI (L.E. 5.146.280).
Señor D. Julio DE LOS RIOS (D.N.I. N° 5.588.398).
Señora Da. María Antonia MAINA de GONZALEZ (L.C.
N° 8.789.985).
Doctor D. Carlos Alberto SANTANDER (L.E. N° 5.541.840).
Doctor D. Eduardo Mario POLEMANN (L.E. Nº 4.061.163)
Señor D. Juan Carlos SCHMID (D.N.I. N° 12.063.097).
Señora Da. Dora TERRON (D.N.I. N° 3.499.341).
Señor D. Domingo PETRECCA (D.N.I. Nº 4.564.063)
Señor D. Martín Antonio APICELLA (D.N.I. N°
11.120.959)
Art. 2°-Desígnanse a los Doctores D. Pedro
Ricardo BALBI (D.N.I. N° 11.478.454) y Daniel Edmundo RODRIGUEZ
(L. E. N° 4.401.630) Síndico y Síndico Suplente,
respectivamente, del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Alberto
J. Mazza.