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Decreto 275/98 del 11/03/98




CONVENIOS



Decreto 275/98



Apruébase un Convenio celebrado entre la Secretaría
General de la Presidencia de la Nación y la firma Fokker
Services B.V del Reino de los Países Bajos, por el que
se establecen las condiciones a que se ajustarán las partes
para la Modernización del Material Aéreo Fokker
F 28 de dotación de la Presidencia de 1a Nación.




Bs. As., 11/3/98



B.O: 16/3/98



VISTO el Expediente Nº 008736/97; del Registro de la SECRETARIA
GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION por el que se tramita la
aprobación del convenio suscripto entre dicha Secretaría
y la firma FOKKER SERVICES B.V. del Reino de los Países
Bajos destinado a la Modernización del Material Aéreo
FOKKER 28 Matrícula T-03 perteneciente a la Presidencia
de la Nación, y


CONSIDERANDO:


Que la decisión de convenir la modernización del
citado Material Aéreo proviene de los informes y recomendaciones
del Señor Jefe de la Agrupación Aérea de
la CASA MILITAR DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION quien, teniendo
en cuenta la antiguedad y horas de uso de la aeronave. FOKKER
F - 28 Matrícula T-03 concluyó que resulta necesaria
la concreción de un programa que permita incrementar la
capacidad operativa y el cumplimiento de las finalidades de dicha
aeronave con adecuados márgenes de seguridad.


Que la firma FOKKER SERVICES B V. como sucesora de FOKKER AIRCRAFT,
empresa que diseñó y construyó la aeronave,
concentra el material a utilizar en la modernización asegurando
su legitimidad, garantizando la interacción entre los distintos
equipos y ejecutando preventivamente los diseños de ingeniería
pertinentes con sus correspondientes aprobaciones.


Que ello permitirá al ESTADO NACIONAL contar con un material
aéreo, con equipamiento de avanzada tecnología aeronáutica,
con un marcado incremento en la capacidad operativa del FOKKER
F - 28, Matrícula T-03- como así también
una notable extensión de su vida útil.


Que en las presentes actuaciones ha intervenido el Servicio Jurídico
Competente sin formular objeciones.


Que la concertación de que se trata encuadra en las prescripciones
establecidas por el Artículo 56, inciso 3º, apartado
g) de la Ley de Contabilidad.


Que se cuenta con las partidas necesarias para el gasto que genere
la presente medida.


Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar
la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo
57 de la Ley de Contabilidad.


Por ello,


EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º-Apruébase el Convenio celebrado
el día 12 de febrero de 1998 entre la SECRETARIA GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION y la firma FOKKER SERVICES B.V.
del Reino de los Países Bajos, por el que se establecen
las condiciones a que se ajustarán las partes para la Modernización
del Material Aéreo FOKKER F - 28 Matrícula T-03
de dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACION, que como Anexo
forma parte del presente.


Art. 2º-El gasto que demande el cumplimiento de la
presente medida se atenderá con cargo a las partidas de
la jurisdicción 20.01 SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
DE LA NACION.


Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.:-MENEM.-Carlos
V. Corach.


NOTA: Este Decreto se pública sin Anexo. La documentación
no publicada puede ser consultada en la Sede Central de la Dirección
Nacional del Registro Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).




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