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Decreto 304/98 del 18/3/98




TRANSFERENCIA DE ACCIONES



Decreto 304/98



Autorizase a la firma Meller Sociedad Anónima, a transferir
acciones, a los accionistas integrantes del consorcio Aguas Argentinas
Sociedad Anónima, de acuerdo a lo establecido en el Contrato
de Concesión del Servicio de Provisión de Agua Potable
y Desagües Cloacales.



Bs. As., 18/3/98



B.O., 24/3/98



VISTO el expediente Nº 0477/98 del registro de la SECRETARIA
DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA
DE LA NACION, por medio del cual tramita la presentación
efectuada por la firma MELLER SOCIEDAD ANONIMA, requiriendo autorización
para la transferencia de sus acciones en AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD
ANONIMA, a los demás accionistas de la Concesionaria. y



CONSIDERANDO:


Que en el CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y
DESAGUES CLOACALES, aprobado por Decreto N° 787 de fecha
22 de abril de 1993, se estipula que los socios integrantes de
la sociedad concesionaria, deberán ser las mismas personas
que conformaron al adjudicatario, en las participaciones comprometidas
en la oferta.


Que asimismo en el mencionado contrato se prevé la posibilidad
de transferir acciones siempre que se mantenga la participación
del socio operador en un VEINTICINCO POR CIENTO 125%) del capital
social, y el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51%) en propiedad del
grupo adjudicatario (Conforme Cláusulas 2.3.2, 2.3.3 y
2.3.5 del referido Contrato).


Que el Estatuto Social de la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD
ANONIMA, aprobado por Decreto N° 787 de fecha 22 de abril
de 1993, establece en su artículo 4° inciso b) la
emisión - entre otras - de "...acciones Clase E, valor
nominal PESOS UNO ($ 1) Y un Voto por acción, 3.240.000
acciones ordinarias, transferibles previa autorización
del PODER EJECUTIVO...".


Que por las presentes actuaciones la Empresa MELLER SOCIEDAD ANONIMA
solicita autorización para transferir las 3.240.000 acciones
de su propiedad a diversos integrantes del Consorcio AGUAS ARGENTINAS
SOCIEDAD ANONIMA.


Que las limitaciones expuestas en los considerandos precedentes,
encuentran su fundamento en el carácter intuito personae
del CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUES
CLOACALES, especialmente en el Artículo XIII del Anexo
IX del mencionado Contrato.


Que por otra parte, el PLIEGO DE CONDICIONES Y ESPECIFICACIONES
TECNICAS PARTICULARES, aprobado por Resolución N°
186 de la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (HOY,
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS) del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 24 de Junio de 1992, incluía
una previsión idéntica a la comentada del Contrato,
en su Capítulo 6., Punto 6.3.


Que resulta oportuno y conveniente fijar un plazo de SESENTA (60)
días, a partir de la publicación del presente, para
hacer efectiva la transferencia solicitada.


Que, dentro del plazo de DIEZ (10) días de efectividad,
la empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, deberá notificar
dicha circunstancia, a la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter
de Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión.



Que, esta instancia no formula objeciones a la transferencia accionaria,
atento a que la misma se efectuara dentro del propio grupo adjudicatario,
no vulnerándose las cláusulas del CONTRATO DE CONCESION
DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES.


Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION
DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION.


Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y la Ley Nº 23.696, y de conformidad con lo establecido
por el Decreto Nº 787/ 93.


Por ello,


EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º.-Autorízase a la firma MELLER
SOCIEDAD ANONIMA, a transferir 3.240.000 acciones ordinarias,
Clase E, de su propiedad, valor nominal PESOS UNO ($ 1) y un voto
por acción, a los accionistas integrantes del consorcio
AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, SUEZ LYONNAISE DES EAUX, SOCIEDAD
COMERCIAL DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA, SOCIEDAD GENERAL DE AGUAS
DE BARCELONA y BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA,
en un todo de acuerdo a lo estipulado en el CONTRATO DE CONCESION
DEL SERVICIO DE PROVISION DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES,
aprobado por DECRETO Nº 787/93.


Art. 2º-Concédese un plazo de SESENTA (60)
días para hacer efectiva la transferencia accionaria, que
se autoriza por el artículo 1°.


Art. 3º-La empresa AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA,
dentro del plazo de DIEZ (10) días de efectivizada la mencionada
transferencia, deberá notificar dicha circunstancia a la
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, en su carácter de Autoridad de
Aplicación del CONTRATO DE CONCESION DEL SERVICIO DE PROVISION
DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES.


Art. 4º-Comuníquese el dictado del presente
acto a la COMISION BICAMERAL DE REFORMA del ESTADO y SEGUIMIENTO
DE LAS PRIVATIZACIONES del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, y
al ENTE TRIPARTITO de OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS).


Art. 5º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- MENEM. - Jorge A. Rodríguez.- Carlos V. Corach.

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