REPRESENTACIONES CONSULARES
Decreto 424/98
Establécese el Consulado de la República en Ciudad
del Este, República del Paraguay.
Bs. As., 16/4/98
B.O: 21/4/98
VISTO que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO ha destacado la conveniencia de establecer un Consulado
en Ciudad del Este, REPUBLICA DEL PARAGUAY, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo informado por los organismos competentes
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO, se encuentran dadas las condiciones objetivas que justifican
el funcionamiento de dicha Oficina Consular.
Que se ha obtenido el consentimiento del Estado receptor, conforme
lo establece el artículo 4° de la Convención
de Viena sobre Relaciones Consulares aprobada por Ley Nro. 17.081.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se encuentra facultado para dictar
esta medida en virtud de lo dispuesto en el artículo 99,
inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL,
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Establécese el Consulado
de la República en Ciudad del Este, REPUBLICA DEL PARAGUAY.
Art. 2º-El MINISTERIO de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL y CULTO dará cumplimiento a las disposiciones
del presente Decreto con las medidas administrativas que fueren
necesarias, determinando la efectiva fecha de su cumplimiento,
así como el respectivo reordenamiento de las Circunscripciones
Consulares modificadas por esta medida.
Art. 3°-Los gastos que demande el cumplimiento de
lo dispuesto en los artículos precedentes serán
atendidos con cargo a los créditos del presupuesto del
MINISTERIO de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO.
Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
-MENEM.-Guido Di Tella.