PERSONAL MILITAR Decreto 452/97 Convalídase el desplazamiento en comisión "transitoria"
de Personal Militar a la Zona de la Misión de Observadores
Militares Ecuador - Perú (MOMEP). Bs. As., 21/5/97 B.O: 27 / 5 / 97
VISTO lo informado por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS
ARMADAS, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa,
y
CONSIDERANDO:
Que por razones de servicio resultaba conveniente relevar al Personal
Militar que se encontraba prestando servicios en la Zona de la
Misión de Observadores Militares ECUADOR- PERU (MOMEP).
Que los gastos ocasionados por esta comisión fueron solventados
por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO.
Que la medida propuesta se dicta en uso de las facultades emergentes
del Artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Convalidar el desplazamiento en
comisión "transitoria" del Teniente Coronel D.
Aníbal Gilberto FONSECA (DNI 11.800.323), del Capitán
de Fragata D. Carlos José ANZOATEGUI (DNI 10.608.024) y
al Vicecomodoro D. Miguel Angel RABIOLO (DNI. 11.086.025), a la
Zona de la Misión de Observadores Militares ECUADOR - PERU
(MOMEP), a fin de desempeñarse como Observadores Militares,
a partir del 3 de agosto de 1996 y por el término de NOVENTA
(90) días.
Art. 2°-Convalidar el desplazamiento en comisión
transitoria del Coronel D. Raúl Antonio SEVILLANO (DNI
7.792.801), a la Zona de la Misión de Observadores Militares
ECUADOR-PERU (MOMEP), a fin de desempeñarse como Oficial
de Operaciones en el Cuartel General de la citada Misión,
a partir del 17 de agosto de 1996 y por el termino de NOVENTA
(90) días.
Art. 3°-Convalidar el desplazamiento en comisión
"transitoria" del Sargento Jorge Eduardo Luján
FERRER (DNI 16.804.020) a la Zona de la Misión de Observadores
Militares ECUADOR - PERU (MOMEP), a partir del 17 de agosto de
1996 y por el término de NOVENTA (90) días.
Art. 4º-Los gastos que demandó la mencionada
comisión fueron atendidos con las partidas que asignó
el MlNISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO a la Jurisdicción 4524 - ESTADO MAYOR CONJUNTO
DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
- MENEM. - Jorge Dominguez.-Guido Di Tella.