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Decreto 471/98 del 30/04/98




SERVICIOS POSTALES Y TELEGRAFICOS



Decreto 471/98



Autorízase a Itron S. A. a transferir acciones escriturares
de la sociedad concesionaria Correo Argentino S.A. a favor de
Sideco Americana S.A.



Bs. As., 30/4/98



B.O: 6/5/98



VISTO el Expediente N° SC 14/98 del registro de la SECRETARIA
DE COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y lo dispuesto
por los Decretos Nros. 265/97 y 840/97, y


CONSIDERANDO:


Que en el Expediente citado en el Visto se presentan las empresas
ITRON S. A. y SIDECO AMERICANA S. A., solicitando autorización
al Estado Nacional para transferir el CUARENTA POR CIENTO (40
%) de las acciones que la primera tiene en CORREO ARGENTINO S.
A., a favor de SIDECO AMERICANA S. A., firma esta última
que pasarla así de una participación del TREINTA
Y TRES Y MEDIO POR CIENTO (33,5 %) de las acciones representativas
del capital social a una participación del SETENTA Y TRES
Y MEDIO POR CIENTO (73.5 %) manteniéndose inalterada la
participación accionaria del BANCO DE GALICIA Y BUENOS
AIRES S. A. que es del DOCE Y MEDIO POR CIENTO (12,5 %) del capital
social.


Que mediante el Decreto Nº 840 del 26 de agosto de 1997 se
adjudicó la concesión de todos los servicios postales,
monetarios y de telegrafía que prestaba la EMPRESA NACIONAL
DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (ENCOTESA)-hoy en liquidación-,
los restantes que estaba obligada o facultada a realizar y todos
aquellos que resultaran afines con ellos en el marco jurídico
vigente, a CORREO ARGENTINO S. A., sociedad constituida por el
grupo preadjudicatario de la Licitación Pública
Nacional e Internacional convocada por Decreto N° 265/97,
integrado por las empresa ITRON S. A., SIDECO AMERICANA S.A. y
BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S. A.


Que por el citado Decreto N° 840/97 se aprobó el estatuto
social de CORREO ARGENTINO S. A., ordenándose su inscripción
en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA previo cumplimiento de los
recaudos exigidos por la Ley N° 19.550.


Que en el Expediente citado en el Visto, se encuentra acreditada
la inscripción de CORREO ARGENTINO S.A. en la INSPECCION
GENERAL DE JUSTICIA, habiéndose dado cumplimiento, en consecuencia,
a lo establecido por el mencionado Decreto Nº 840/ 97 y el
régimen jurídico aplicable.


Que el Artículo 5º, inciso d) del estatuto de la sociedad
concesionaria, establece que las acciones Clase "B"
serán intransferibles de no mediar autorización
expresa del concedente y que en tal supuesto deberá acreditarse
que el cesionario a la fecha de transferencia de las acciones
tenga y ofrezca como mínimo las condiciones patrimoniales
exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el Decreto
N° 265/ 97, para integrar un consorcio postulante, agregando
que los restantes accionistas podrán acrecer la parte del
accionista saliente cumpliendo las mismas condiciones.


Que las tres empresas integrantes del grupo preadjudicatario son
las que han expresado su conformidad en cuanto a que el concedente
otorgue expresa autorización para la transferencia accionaria
de que se trata.


Que SIDECO AMERICANA S. A., empresa que resultaría cesionaria
de la participación accionaria, ha integrado el grupo preadjudicatario
en la licitación y es actualmente accionista de la sociedad
concesionaria, dándose así cumplimiento a los requisitos
patrimoniales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones
aprobado por cl Decreto N° 265/97, conforme surge de lo acreditado
en el expediente mencionado en el Visto.


Que, por otra parte, el accionista BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES
S. A. ha anunciado a su derecho de acrecer en la par del accionista
ITRON S. A.


Que debe destacarse además que ITRON S.A. y SIDECO AMERICANA
S. A. son empresas pertenecientes al mismo grupo empresario, lo
que en la práctica significa que transferencia accionaria
no producirá una modificación en cuanto al proyecto
de transformación del correo oficial.


Que ha tomado intervención el servicio jurídico
permanente de la SECRETARIA COMUNICACIONES de la PRESIDENCIA LA
NACION.


Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto por el artículo
99, inciso 1 la Constitución Nacional.


Por ello,


EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º-Autorízase a ITRON S. A.
transferir CUATRO MILLONES (4.000.000) de acciones escriturales
de la Clase "B", de valor nominal UN PESO ($ 1) por
acción y de un voto cada una, representativas del CUARENTA
POR CIENTO (40 %) de las acciones emitidas y en circulación
de la sociedad concesionaria CORREO ARGENTINO S. A., a favor de
SIDECO AMERICANA S. A. la que pasará a detentar SIETE MILLONES
TRESCIENTOS CINCUENTA MIL (7.350.000) acciones escriturales de
la Clase "B" de valor nominal UN PESO ($ 1) por acción
y de un voto cada una, representativas del SETENTA Y TRES Y MEDIO
POR CIENTO (73,5%) de las acciones emitidas y en circulación
de CORREO ARGENTINO S. A.


Art. 2º-Autorízase al Secretario de Comunicaciones
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a suscribir la documentación
que resulte necesaria a los fines del traspaso accionario referido
en el artículo anterior.


Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- MENEM -Jorge A. Rodríguez. Roque B. Fernández.


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