PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Decreto 530/97 Encomiéndase al citado organismo la representación
y defensa del Estado Nacional en un juicio. Bs. As., 11/6/97 B.O: 17/6/97
VISTO las actuaciones Nros. 44253-97-2-5 y 44254-97-2-6 del Registro
de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION,
por las que tramitan los oficios librados en los autos "CERUTTI,
María Josefina y otra c/ESTADO NACIONAL s/daños
y perjuicios" - Expediente Nº 37496/96 y sus incidentes
"CERUTTI, Ana Mónica Ingrid c/ESTADO NACIONAL s/beneficio
de litigar sin gastos" y "CERUTTI, María Josefina
c/ESTADO NACIONAL s/beneficio de litigar sin gastos", todos
en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia
en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 2, Secretaria
Nº 1, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución ex-MEy J Nº 613 del 25 de abril
de 1988, se confirió a la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION, la representación y defensa del Estado Nacional
en los autos "CERUTTI, Josefa M. G. de c/ESTADO NACIONAL"
(Poder Ejecutivo) s/sumario, en trámite por ante el Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo
Federal Nº 4, Secretaría Nº 7, la que tendría
vinculación con la principal de las causas citadas en el
VISTO, en razón del parentesco de los actores.
Que en consideración a la naturaleza de las acciones intentadas
resultaría conveniente encomendar a la PROCURACION DEL
TESORO DE LA NACION la representación y patrocinio del
Estado Nacional en los Juicios mencionados, unificando así
en un solo organismo dicho cometido.
Que, en consecuencia, resulta necesario proveer lo conducente
a tales fines, de acuerdo a lo preceptuado por el artículo
1º, inciso c) de la Ley 17.516 y por el Decreto Nº 969/81,
modificatorio de su similar Nº 411/80 (T.O. Decreto Nº
1265/87).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Encomiéndase a la PROCURACION
DEL TESORO DE LA NACION la representación y defensa del
Estado Nacional en los autos caratulados: "CERUTTI, María
Josefina y otra c/ESTADO NACIONAL s/daños y perjuicios"
- Expediente Nº 37496/96 y sus incidentes "CERUTTI,
Ana Mónica Ingrid c/ESTADO NACIONAL s/beneficio de litigar
sin gastos" y "CERUTTI, María Josefina c/ESTADO
NACIONAL s/beneficio de litigar sin gastos", todos en trámite
por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo Federal Nº 1, Secretaria Nº 1.
Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dese
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-
MENEM. - Carlos V. Corach.