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Decreto 55/98 del 15/01/98




PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 55/98
Modificación del Decreto N° 660/96, en la parte correspondiente a la Secretaría de Cultura.
Bs. As., 15/01/98
VISTO los Decretos Nros. 660 del 24 de junio de 1996 y 1459 del 13 de diciembre de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que por la norma citada en primer término se aprobó el organigrama de aplicación en el ámbito de la Administración Pública centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que a través del Decreto N° 1459/96 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que habiéndose analizado la estructura vigente se hace profundizar las transformaciones efectuadas oportunamente de manera de obtener una estructura organizativa adecuada para una mejor coordinación y control de las acciones de los organismos de la dependencia de dicha Secretaría, optimizando su gerenciamiento.
Que para ello resulta necesario la modificación de las disposiciones de los Decretos Nros. 660/96 y 1459/96, incorporando a la estructura organizativa de la referida Secretaría un área que consolide y coordine las acciones previstas en la órbita de su competencia.
Que la medida proyectada se encuentra íntegramente financiada en las partidas presupuestarias asignadas a la jurisdicción para el presente ejercicio.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase el Anexo I del Decreto N° 660/96 y sus modificatorios, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, incorporándose la SUBSECRETARIA DE CULTURA.
Art. 2° — Incorpórase al Anexo II del Decreto N° 660/96 y sus modificatorios en lo relacionado con la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, los objetivos de la SUBSECRETARIA DE CULTURA que como Anexo al presente artículo forma parte del presente decreto.
Art. 3° — Sustitúyese el Anexo I del Decreto N° 1459/96, por el que con igual denominación forma parte integrante del presente decreto.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Carlos V. Corach.
ANEXO AL ARTICULO 2°
SUBSECRETARIA DE CULTURA
OBJETIVOS
— Asistir al Secretario de Cultura en la propuesta y ejecución de políticas públicas destinadas a estimular y favorecer la expresión cultural en todas sus formas, y a su fortalecimiento en el marco de la más alta libertad de expresión, con el fin de preservar y consolidar la identidad de la Argentina como Nación.
— Asistir al Secretario de Cultura en la coordinación de las acciones de los diversos organismos de su dependencia creados para la difusión, docencia, experimentación e investigación en materia de arte, pensamiento y cultura, así como los dedicados a acrecentar, resguardar y conservar el patrimonio artístico y cultural de la Nación, tanto en lo material como en los valores intangibles que configuran el acervo común de la memoria popular.
— Asistir al Secretario de Cultura en lo concerniente a la federalización de la gestión cultural, armonizando acciones con los organismos provinciales de cultura.

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