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Decreto 724/98 del 18/06/98




CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES



Decreto 724/98



Modifícase el Decreto N° 510/98, que dispuso el
cese de la intervención una vez que se hubiere constituido
el Directorio de la misma, incorporando la previsión contenida
en el artículo 5º del Estatuto ratificado por la Ley
Nº 17.422. Desígnase Interventor.



Bs. As., 18/6/98



B.O: 19/6/98



VISTO las Leyes Nros. 17.422 y 17.475 y los Decretos Nros. 458/97,
510/98, 606/98 y 616/98, y


CONSIDERANDO:


Que a través del Decreto 458/97, fue aceptada la renuncia
presentada por el entonces interventor de la CORPORACION DEL MERCADO
CENTRAL DE BUENOS AIRES señor D. Ricardo Horacio RE.


Que posteriormente por Decreto Nº 510/98 se dispuso el cese
de la intervención a la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL
DE BUENOS AIRES, una vez que se hubiere constituido el Directorio
de la misma en los términos del artículo 2º
del Estatuto ratificado por la Ley Nº 17.411.


Que, por su parte, el artículo 5º del citado Estatuto
dispone que se requiere la presencia de la mitad más uno
de los miembros del Directorio para poder deliberar y tomar acuerdos.



Que si bien el Gobierno Nacional designó a sus representantes
mediante Decretos Nros. 606/98 y 616/98, la Provincia de Buenos
Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aún no
han designado a los demás integrantes del Directorio.


Que, en consecuencia y a fin de posibilitar un mejor funcionamiento
de la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES se estima
conveniente modificar el Decreto Nº 510/98 incorporando como
supuesto para el cese de la intervención, la previsión
contenida en el artículo 5º del Estatuto ratificado
por la Ley Nº 17.422 en cuanto dispone que el Directorio
de la referida Corporación para poder deliberar y tomar
acuerdos deberá contar con la presencia de la mitad mas
uno de sus miembros.


Que, asimismo y hasta tanto se dé cumplimiento a lo establecido
en el citado Decreto Nº 510/98 resulta necesario designar
en reemplazo del interventor renunciante a uno de los funcionarios
nombrados como representantes del Gobierno Nacional para desempeñar
dicho cargo en la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES.



Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
dei artículo 99 incisos 1 y 7 de la Constitución
Nacional.


Por ello,


EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º-Sustitúyese el artículo
1º del Decreto N° 510 del 13 de mayo de 1998, por el
siguiente:


"Déjase sin efecto la intervención a la CORPORACION
DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, dispuesta por el Decreto
Nº 1905 del 10 de setiembre de 1993 y sus modificatorios,
una vez que se haya constituido el Directorio de la misma de conformidad
con el artículo 2° del Estatuto ratificado por la
Ley Nº 17.422 o hasta tanto dicho Directorio se encuentre
en condiciones de deliberar y tomar acuerdos en los términos
del artículo 5º del citado Estatuto".


Art. 2°-Desígnase interventor de la CORPORACION
DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, al señor Ingeniero
Agrónomo D. Miguel Alfredo FERRE (M.I. Nº 7.739.626).



Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
MENEM.-Carlos V. Corach.- Roque B. Fernández.

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