PERSONAL MILITAR Decreto 731/97 Convalídase el desplazamiento en comisión "permanente"
de un oficial del Ejército para desempeñarse como
Agregado Militar a la Embajada en la República del Ecuador. Bs. As., 4/8/97 B.O: 8/8/97
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General
del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro
de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1570 de fecha 2 de septiembre de 1994,
fue designado en comisión "permanente", a partir
del 17 de diciembre de 1994 y por el término de SETECIENTOS
SESENTA (760) días, el Coronel de Caballería D.
Hugo Juan MOLINARI (M.I. 7.767.237), para desempeñarse
como Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada
Argentina en la REPUBLICA DEL ECUADOR.
Que a los efectos de reemplazar al Coronel de Caballería
D. Hugo Juan MOLINARI (M.I. 7.767.237) al finalizar su comisión,
y a fin de cumplimentar el Programa Anual de Actividades y Comisiones
en el Exterior (PAACE - Ano 1997), es necesario convalidar el
desplazamiento en comisión "permanente", a partir
del 17 de diciembre de 1996 y por el término de SETECIENTOS
SESENTA (760) días, del Coronel de Caballería D.
Ernesto Luis OSSOLA (M.I.7.784.195), para desempeñarse
como Agregado Militar a la Embajada Argentina en la REPUBLICA
DEL ECUADOR.
Que en virtud del cambio de autoridades del MINISTERIO DE DEFENSA
y la posterior reasignación de las Agregadurías
Militares, dispuesta por el señor Ministro de Defensa,
mediante la Resolución Nº 426 de fecha 16 de diciembre
de 1996, no fue posible cumplimentar el trámite normal
para este tipo de designaciones.
Que por lo expuesto, se hace necesario regularizar la situación
del Coronel de Caballería D. Ernesto Luis OSSOLA (M.I.
7.784.195), mediante el dictado del acto administrativo correspondiente.
Que la medida propuesta se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo
99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Convalídase el desplazamiento
en comisión "permanente", a partir del 17 de
diciembre de 1996 y por el término de SETECIENTOS SESENTA
(760) días, del Coronel de Caballería D. Ernesto
Luis OSSOLA (M.I. 7.784.195), para desempeñarse como Agregado
Militar a la Embajada Argentina en la REPUBLICA DEL ECUADOR.
Art. 2º-Convalídanse los gastos de transporte
(vía aérea - ida y vuelta), efectuados por el ESTADO
MAYOR GENERAL DEL EJERCITO (Dirección de Transporte).
Art. 3º-Convalídanse las asignaciones al Oficial
Superior designado, de los conceptos de compensación por
cambio de destino y el equivalente al primer trimestre de los
sueldos y emolumentos que le corresponde, con aplicación
del porcentaje establecido en el artículo 2417 de la Reglamentación
del Titulo II (Personal Militar en Actividad) - Capítulo
IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar - Ley Nº
19.101, aprobada por el Decreto Nº 3294 de fecha 29 de diciembre
de 1978, modificado por su similar Nº 1003 de fecha 29 de
abril de 1983, liquidadas por el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO
(Contaduría General del Ejercito).
Art. 4º-Convalídase la imputación presupuestaria
de los gastos que demando la comisión motivo del presente
Decreto, con cargo a las partidas específicas del Presupuesto
de la Administración Nacional para el Ejercicio 1996 y
a los créditos que a tal efecto se prevean para los años
sucesivos - Jurisdicción 4521 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL
EJERCITO.
Art. 5º-Convalídase el otorgamiento de los
pasaportes correspondientes por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL.
Art. 6º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
Domínguez.-Guido Di Tella.