CONDECORACIONES Decreto 748/97 Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración
a un empleado local de la Embajada de la República en la
República del Perú. Bs.As., 11/8/97 B.O: 11/9/97
VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.629 del 17
de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, por
el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta
de condecorar al señor empleado local de la Embajada de
la República en la REPUBLICA DEL PERU, D. Enrique AGUERO
BALDEON, quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento
de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria
complementaria prevista en el artículo 6° del Decreto
Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por
Ley N° 14.467.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Apruébase el Acta del Consejo
de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 20 de enero de 1997,
mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN
DE MAYO AL MERITO", en el grado de CABALLERO, al señor
empleado local de la Embajada de la República en la REPUBLICA
DEL PERU, D. Enrique AGUERO BALDEON.
Art. 2º-Extiéndase el correspondiente diploma,
de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación
de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto N°
16.644 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido
Di Tella.