MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Decreto 756/97 Modifícase el Decreto Nº 660/96 en la parte correspondiente
al citado Departamento de Estado. Bs. As., 11/8/97 B.O: 22/8/97
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que dada la relevancia de las políticas de inversión
pública y los planes de obras públicas actualmente
en desarrollo por parte del Gobierno Nacional y la necesidad de
establecer una adecuada coordinación a nivel nacional,
regional y provincial de los distintos proyectos y programas existentes,
resulta conveniente desdoblar la actual SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
Y TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
de forma tal de responder como las circunstancias lo exigen, a
las necesidades que generan el diseño de las políticas
y la instrumentación de los planes de obras públicas,
así como también del transporte en sus distintas
modalidades.
Que resulta necesario unificar la conducción de los programas,
proyectos y actividades vinculados con el transporte interno e
internacional, de carga y pasajeros, en sus distintos modos, así
como también lo referido a las actividades portuarias y
de las vías navegables, a fin de lograr una mayor eficiencia
y eficacia en la utilización de los recursos asignados
a las mismas.
Que por otra parte, y dado el nuevo perfil que requiere la SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, se estima aconsejable transferir a esta la SUBSECRETARIA
DE PROGRAMACION REGIONAL, actualmente en la órbita de la
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que en el mismo orden de ideas, corresponde explicitar los Objetivos
de los niveles políticos de las SECRETARIAS DE POLITICA
ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS. DE TRANSPORTE y DE ENERGIA, del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que asimismo, y por razones de ordenamiento administrativo, es
necesario determinar las unidades de primer nivel operativo que
dependen en forma directa de los niveles políticos que
resultan afectados por la presente medida.
Que en razón de las adecuaciones que se introducen por
esta norma, resulta aconsejable delimitar claramente la dependencia
de los organismos no integrantes de la Administración Central
dependientes de las áreas que se ven afectadas por el presente
acto.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención
que le compete.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que
le compete, expidiéndose favorablemente.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar
la presente medida, en virtud de las atribuciones emergentes del
Artículo 99, inciso 1), de la CONSTITUCION NACIONAL y el
Artículo 15 de la Ley Nº 24.764.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º-Modifícase del Anexo I del
Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996, sus modificatorios
y complementarios, Ia parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la que se integrará de acuerdo
al detalle que se señala en las Planillas Anexas al presente
artículo.
Art. 2º-Modifícase del Anexo II -Objetivos-
del Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996, sus modificatorios
y complementarios, Ia parte correspondiente a las SECRETARIAS
DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE TRANSPORTE y DE ENERGIA,
todas ellas dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, Ia que quedará redactada como se detalla
en las Planillas Anexas al presente artículo.
Art. 3º-Apruébase la organización funcional
de las SECRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE
TRANSPORTE y DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, Ia que quedará conformada de acuerdo
con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo.
Art. 4º-Apruébase la Responsabilidad Primaria
y Acciones de la Dirección Nacional de Transporte Fluvial
y Marítimo de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL,
FLUVIAL Y MARITIMO, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de conformidad
con la Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 5º-Establécese la dependencia de los organismos
no integrantes de la Administración Centralizada de las
SECRETARIAS DE POLITICA ECONOMICA, DE OBRAS PUBLICAS, DE TRANSPORTE
y DE ENERGIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
de acuerdo con las Planillas Anexas a este artículo.
Art. 6º-El personal de las áreas afectadas
por la presente medida mantendrá sus niveles y grados de
revista vigentes a la fecha. La medida incluye los cargos ocupados
del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Art. 7º-Hasta tanto se concluya con la organización
de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán
vigentes las aperturas estructurales inferiores existentes, con
la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas
del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Art. 8º-Al solo efecto de implementar lo dispuesto
por el presente acto, facúltase al señor Ministro
de Economía y Obras y Servicios Públicos a asignar
transitoriamente, hasta tanto se concluya el proceso organizativo
pertinente, a los titulares de los cargos correspondientes a las
áreas afectadas por este decreto.
Art. 9º-Modifícase la Distribución Administrativa
del Presupuesto General de la Administración Nacional-Recursos
Humanos de la Jurisdicción 50.00 -MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS- de conformidad con las planillas
anexas al presente artículo.
Art. 10.-El MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS, deberá elevar en un plazo no mayor a los TREINTA
(30) días para su aprobación, Ios proyectos de estructura
organizativa de las áreas afectadas por la presente medida.
Art. 11.-El gasto que demande la aplicación del
presente decreto, será atendido con los créditos
vigentes asignados a la Jurisdicción 50.00 - MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 12.-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.Roque B. Fernández.-José A.
Caro Figueroa. -Guido J. Di Tella.-Raul E. Granillo Ocampo. -Jorge
M. R. Domínguez.-Susana B. Decibe -Alberto J. Mazza.-Carlos
V. Corach.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1º
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
-SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA
SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA Y GASTO SOCIAL
SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS
-SECRETARIA DE COORDINACION:
SUBSECRETARIA LEGAL
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
-SECRETARIA DE HACIENDA:
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA:
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
SUBSECRETARIA DE MINERIA
-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION:
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION
SUBSECRETARIA DE PESCA
SUBSECRETARIA DE ALIMENTACION Y MERCADOS
-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL
-SECRETARIA DE TRANSPORTE:
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
-SECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA
OBJETIVOS
1.-Elaborar y proponer instrumentos para la programación,
la consistencia y el análisis de la política económica.
2.-Efectuar el seguimiento sistemático de la situación
de la economía global y sectorial.
3.-Coordinar en su carácter de autoridad de aplicación
del Sistema Nacional de Inversión Pública, la evaluación
y propuesta de prioridades en los proyectos de inversión
públicas y programas con financiamiento externo, así
como también la actualización de los planes anual
y plurianual de inversión.
4.-Conducir, a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA
Y CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y los Censos
Nacionales, elaborar las estadísticas nacionales socioeconómicas,
y los análisis y estudios que deriven de ellos.
5.-Conducir, a través de las respectivas áreas,
los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y los análisis
y estudios que deriven de ellos.
6.-Programar y coordinar la evaluación de las políticas
de gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre
la población y efectuar diagnósticos y seguimientos
de los niveles de vida de la población.
7.-Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones
con los organismos financieros internacionales de crédito,
bilaterales y no bilaterales.
8.-Dirigir la coordinación de las políticas y acciones
que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones
accionarias o de capital en empresas donde el Estado Nacional
sea socio minoritario, e instruir a los representantes del Estado
Nacional en las citadas empresas, incluyendo las que estén
en proceso de total privatización.
9.-Supervisar el desarrollo de los servicios de seguros y mercado
de valores en función de las políticas de apertura
externa y desregulación.
10.-Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos
de las relaciones con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, BANCO HIPOTECARIO
NACIONAL y al BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD
ANONIMA (BICE:).
11.-Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES,
la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, la CASA DE MONEDA
SOCIEDAD DEL ESTADO y el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS
DE GOBIERNO, con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA
OBJETIVOS
1. -Coordinar la realización de análisis prospectivos
que vinculen los objetivos e instrumentos de las políticas
macroeconómicas.
2.-Conciliar los distintos planes, programas y proyectos con los
lineamientos de la política económica en el plano
fiscal, monetario y de ingresos.
3.-Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura
económica y publicar indicadores e informes periódicos
que permitan evaluar el desempeño de la economía.
4.-Organizar y elaborar los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales
y los análisis y estudios conexos.
5.-Supervisar todo lo vinculado con el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS
ECONOMISTAS DE GOBIERNO.
SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA Y GASTO SOCIAL
OBJETIVOS
1.-Evaluar y proponer las prioridades de los proyectos de inversión
pública nacional y de los programas con financiamiento
externo.
2.-Entender en el Sistema Nacional de Inversiones Públicas
e intervenir en los proyectos sujetos a sus disposiciones.
3.-Elaborar el Plan Nacional de Inversiones Públicas y
asegurar su actualización permanente.
4.-Interactuar con la actividad privada a los efectos del cumplimiento
de la Ley Nº 24.354 de creación del Sistema Nacional
de Inversiones Públicas.
5.-Intervenir en las negociaciones con los Organismos Internacionales
de crédito y en el control y seguimiento de los programas
y proyectos con financiamiento externo.
6.-Colaborar con la SECRETARIA DE HACIENDA en la elaboración
del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos
de la Administración Nacional, específicamente en
lo relativo a los proyectos de inversión pública
nacional, con el alcance establecido en la Ley Nº 24.354
y los proyectos financiados por organismos internacionales de
crédito.
7.-Asegurar el desarrollo, actualización y mantenimiento
de los sistemas de información destinados a lograr una
eficiente ejecución de los programas con los organismos
internacionales de crédito.
8.-Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena
administración de los préstamos con los organismos
internacionales de crédito y a la mayor eficiencia para
la ejecución de los proyectos y programas de inversión
pública.
9.-Evaluar los programas de gasto social consolidado, realizando
un diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre
las condiciones de vida de la población.
SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS
1.-Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los
servicios y mercado de valores.
2.-Asistir al Secretario de Política Económica en
lo que respecta a las relaciones con la COMISION NACIONAL DE VALORES
y SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
3.-Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos
de las relaciones con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO
HlPOTECARIO NACIONAL y el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR
SOCIEDAD ANONIMA (BICE).
4.-Coordinar el análisis y realizar propuestas de alternativas
para el diseño de la política del sector financiero.
5.-Ejecutar las acciones para coordinar la venta de los paquetes
accionarios en poder del Estado Nacional.
6.-Coordinar las políticas y acciones que hacen al ejercicio
de los derechos societarios de las participaciones accionarias
o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario
y estén en proceso de total privatización, e instruir
a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas.
7.-Instrumentar las políticas y acciones que hacen al ejercicio
de los derechos societarios de las participaciones accionarias
o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario,
e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas
empresas.
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
OBJETIVOS
1.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución
de la política nacional en materia de obras públicas,
supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas
y proyectos vinculados a ellas a nivel nacional, regional y provincial.
Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar
su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente
por la normativa vigente sobre la materia o las que en el futuro
se le deleguen.
2.-Conducir la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional que otros países
u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de
los objetivos y políticas de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.
3.-Entender en la formulación, seguimiento y control de
aplicación de las políticas relativas a los bienes
físicos de propiedad del Estado Nacional e implementar
y mantener actualizado un sistema de información que facilite
la operación de dichos bienes.
4.-Supervisar y coordinar todos los actos de administración
de los bienes inmuebles del Estado Nacional correspondientes a
la Administración Centralizada, su adquisición,
disposición, conservación, mantenimiento y asignación
y en la racionalización de los espacios físicos,
formulando las políticas relativas a su conservación
y mantenimiento, y efectuar su seguimiento y control.
5.-Ejercer las atribuciones encomendadas a la COMISION VENTA INMUEBLES
ESTATALES creada por Decreto Nº 2137 del 10 de octubre de
1991 y ejercer las atribuciones encomendadas por la Ley Nº
24.383.
6.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución
de las políticas relativas a la gestión de los recursos
hídricos, incluyendo los servicios e infraestructuras comprendidos,
supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas
y proyectos de desarrollo vinculados a los mismos en todas sus
manifestaciones, a fin de proveer a su uso correcto y eficiente,
y a la determinación de políticas tarifarias y de
participación pública y privada en las diversas
facetas de la gestión.
7.-Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes
u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas
de competencia de la Secretaría cuando tengan una vinculación
funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios
correspondientes.
8.-Asistir en la resolución de los recursos de carácter
administrativo que se interpongan en contra de las actividades
específicas del accionar de los entes mencionados en el
párrafo anterior.
9.-Conducir las acciones tendientes a aplicar la política
sectorial orientando al proceso de adaptación de los nuevos
operadores al interés general.
10.-Efectuar el seguimiento sistemático de la situación
de la economía regional.
11.-Coordinar los aspectos económicos, fiscales y financieros
así como también todo lo referido a proyectos de
obras públicas, entre el GOBIERNO NACIONAL y los GOBIERNOS
PROVINCIALES y el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL
OBJETIVOS
1.-Conducir lo vinculado con la programación y articulación
de proyectos de obra pública a nivel nacional, regional
y provincial.
2.-Formular los programas de obra pública nivel regional
y provincial.
3.-Coordinar con dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS y de otros Ministerios, todos los aspectos
relacionados con la programación económica regional.
4.-Ofrecer asistencia técnica a las provincias en la formulación
de programas de desarollo regional y de obra pública.
5.-Proponer instrumentos de financiamiento propiados para el apoyo
del desarrollo regional.
6.-Coordinar la instrumentación de un banco único
de datos económicos y sociales sobre provincias y economías
regionales.
7.-Realizar estudios sobre las economías regionales.
8.-Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo
regional.
9.-Asistir en la planificación de las políticas
de concesiones de obras públicas, en especial, del sistema
vial nacional.
10.-Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros
y sus impactos sociales en la relación entre el GOBIERNO
NACIONAL y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales
y diseñar y operar un sistema de información sobre
la gestión financiera de las Provincias y Municipios que
permita su integración a las cuentas nacionales.
11.-Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas
financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva,
los procesos de privatizaciones y desregulación y en general,
todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones
objeto de controversia en el campo económico, financiero
y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.
12.-Coordinar en todo lo atinente a opciones de Cooperación
y Asistencia Nacional e Internacional, Bilaterales y Multilaterales,
disponibles para las Provincias y Municipios en apoyo de sus políticas
y acciones fiscales, económicas y financieras.
13.-Asesorar al Secretario de Obras Públicas en la planificación
de la política exterior de la Nación en materia
de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas,
cursos de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua
en general, asumiendo la representación técnica
nacional en los organismos de cuencas respectivos.
14.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la programación
de programas y acciones de gestión y desarrollo de infraestructura
y servicios vinculados a los recursos hídricos.
15.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la planificación
de la política nacional referida a la prestación
de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable,
evacuación y tratamiento de excretas y otros complementarios.
16.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la gestión
y obtención de cooperación técnica y financiera,
provenientes de organismos internacionales o de otro origen, destinada
a la concreción de los objetivos de la Secretaría.
17.-Celebrar convenios con las provincias, municipios y/u otras
entidades para el desarrollo e implementación de los programas
y acciones de su competencia.
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
OBJETIVOS
1.-Elaborar el plan operativo de obras de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS y conducir su ejecución.
2.-Coordinar el análisis y la elaboración de las
propuestas sobre el marco regulatorio que facilite la concreción
de las mismas.
3.-Elaborar los pliegos e intervenir en el proceso de contratación
de la obra pública de responsabilidad de la SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS.
4.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en el ejercicio
de las facultades que le han sido delegadas o le fueren delegadas
en el futuro respecto de las normas rectoras sobre obras públicas
y/o sobre concesiones de obras públicas.
5.-Asistir a los organismos de contralor respectivos en la fiscalización
de las concesiones viales.
6.-Entender en la formulación, seguimiento y ejecución
de las políticas relativas a la construcción, conservación
y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y
conservación de monumentos históricos nacionales.
7.-Entender en la elaboración, ejecución, modificación,
reformulación y rescisión de los contratos celebrados
y las licitaciones o contrataciones que se efectúen con
motivo de las acciones vinculadas a la restauración, conservación,
preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje
de los monumentos y lugares históricos e inmuebles fiscales,
como así también la administración de obras
solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado Nacional.
8.-Brindar la asistencia técnica y administrativa al Tribunal
Arbitral de Obras Públicas.
9.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución
de la política hídrica nacional y en la elaboración
y propuesta del marco regulatorio relativo a la gestión
de los recursos hídricos, en conjunción con las
políticas de preservación que determine la SECRETARIA
DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA
DE LA NACION, y vinculando la acción de las jurisdicciones
y organismos intervinientes en la problemática hídrica.
10.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución
de programas y acciones vinculados a la gestión de recursos
hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos
de ríos sucesivos y contiguos y cuerpos de agua en general.
11.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución
de los programas y acciones orientados a la gestión integral
de cuencas y regiones hídricas interprovinciales, representando
al Estado Nacional cuando corresponda a la legislación
vigente, en concordancia con los lineamientos que determine la
SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
PRESIDENCIA DE LA NACION y en coordinación con los organismos
y jurisdicciones involucrados.
12.-Asistir al secretario de Obras Públicas en el diseño
y ejecución de programas y acciones de gestión y
desarrollo de infraestructura y servicios vinculados a los recursos
hídricos, promoviendo mecanismos de construcción,
operación y mantenimiento y de control y regulación
que, en lo posible, contemplen la participación empresaria
privada y de la comunidad involucrada.
13.-Asistir al Secretario de Obras Públicas en la ejecución
de la política nacional referida a la prestación
de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable,
evacuación y tratamiento de excretas y otros complementarios.
14.-Supervisar el accionar de los organismos descentralizados
de su jurisdicción.
SECRETARIA DE TRANSPORTE
OBJETIVOS
1.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución
de la política nacional en materia de transporte terrestre,
aerocomercial, fluvial y marítimo, y actividades portuarias
y de las vías navegables, supervisando su cumplimiento
y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.
Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar
su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente
por la normativa vigente sobre la materia o las que en el futuro
se le deleguen.
2.-Conducir la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional que otros países
u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de
los objetivos y políticas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.
3.-Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transportes
interno e internacional coordinando sus acciones y elaborando
las medidas que permitan el desarrollo de los modos aéreo,
terrestre, fluvial y marítimo, en condiciones de máxima
eficiencia, de conformidad con las facultades otorgadas por la
legislación y la normativa vigente.
4.-Definir y controlar las políticas y planes de corto,
mediano y largo plazo para transporte interno e internacional
que faciliten una adecuada coordinación, orientadas en
especial a favorecer la integración latinoamericana y promover
los estudios y acciones que posibiliten distintas formas de desregulación,
privatización y/o concesión parcial o total de los
servicios en la medida que tienda al perfeccionamiento del sistema.
5.-Supervisar el control y fiscalización de los servicios
de transporte que se prestan a través de los diferentes
modos, asegurando la máxima calidad del servicio y protección
al usuario en condiciones racionales de economicidad, y coordinar
las acciones relativas a prevención, accidentes y seguridad
vial.
6.-Participar en las reuniones de consulta, reuniones técnicas
o negociaciones con autoridades del transporte aerocomercial de
los demás países, necesarios para la elaboración
de los instrumentos de regulación de las relaciones aerocomerciales
internacionales.
7.-Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes
u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas
de competencia de la Secretaría cuando tengan una vinculación
funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios
correspondientes.
8.-Entender en la formulación, seguimiento y control de
la aplicación de las políticas y atribuciones encomendadas
al ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, creado
por Decreto Nº 1383 del 29 de noviembre de 1996.
9.-Asistir en la resolución de los recursos de carácter
administrativo que se interpongan en contra de las actividades
específicas del accionar de los entes mencionados en los
Objetivos 7) y 8) precedentes.
10.-Conducir las acciones tendientes a aplicar la política
sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos
operadores al interés general.
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE
OBJETIVOS
I.-Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las
políticas, planes y programas referidos al transporte terrestre,
de carga y pasajeros, tanto metropolitano como de larga distancia.
2.-Coordinar los estudios para la actualización de la normativa
vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica
de equipos, seguros, régimen tarifario y toda otra normativa
vinculada con las acciones de su competencia.
3. - Elaborar y proponer políticas de desregulación,
privatización y/o concesión de los servicios de
transporte.
4.-Contribuir a la estructuración y planificación
del transporte en el Area Metropolitana de Buenos Aires.
5.-Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de
su Jurisdicción.
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
OBJETIVOS
1.-Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las
políticas, planes y programas referidos al transporte aerocomercial,
fluvial y marítimo.
2.-Coordinar los estudios para la actualización de la normativa
vigente en lo referente a modalidades operativas, régimen
tarifario y toda otra normativa vinculada con las acciones de
su competencia.
3. - Elaborar y proponer políticas de desregulación,
privatización y/o concesión de los servicios de
transporte.
4.-Coordinar todo lo relativo a planos de ruta como así
también la modificación o actualización de
la legislación y el funcionamiento del sistema de transporte
aerocomercial.
5.-Participar en la reestructuración del Sistema Nacional
de Aeropuertos.
6.-Aplicar las prescripciones del Código Aeronáutico,
los Acuerdos Internacionales y las normas reglamentarias en todo
lo concerniente al transporte aerocomercial.
7.-Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de
su jurisdicción.
8.-Propiciar el sistema de promoción a través de
la complementación económica.
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
OBJETIVOS
1.-Efectuar la propuesta y control de ejecución de las
políticas y planes referidos a la actividad portuaria y
de las vías navegables. Ejercer todas las responsabilidades
y funciones de la autoridad portuaria nacional.
2. - Elaborar y proponer políticas de desregulación,
privatización y/o concesión de los puertos, servicios
portuarios y de vías navegables.
3.-Coordinar los estudios para la actualización de la normativa
vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica
de equipos, seguros, régimen tarifario y toda otra normativa
vinculada a las acciones de su competencia.
SECRETARIA DE ENERGIA
OBJETIVOS
1.-Entender en la elaboración, propuesta y ejecución
de la política nacional en materia de energía supervisando
su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a
facilitar su ejecución.
2.-Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes
u organismos de control de los servicios públicos privatizados
o concesionados en el área de la Secretaría, cuando
estos tengan una vinculación funcional con la misma y hacer
cumplir los marcos regulatorios correspondientes.
3.-Asistir en la resolución de los recursos de carácter
administrativo que se interpongan en contra del accionar de los
Entes Reguladores de las actividades específicas.
4.-Conducir las acciones tendientes a aplicar la política
sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos
operadores al interés general.
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
OBJETIVOS
1.-Efectuar la propuesta y control de ejecución de las
políticas sectoriales.
2.-Monitorear las relaciones con y entre los diferentes operadores
del sistema eléctrico, asegurando la adecuada información
acerca de las condiciones de demanda y oferta en el corto, mediano
y largo plazo.
3.-Evaluar los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento
energético, asistir en la elaboración de las propuestas
relativas a la normativa específicas para las distintas
etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental
en coordinación con las áreas competentes y promocionar
programas conducentes al uso racional de la energía y al
desarrollo de las fuentes nuevas y renovables.
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
OBJETIVOS
1.-Efectuar la propuesta y control de la ejecución de la
política nacional de hidrocarburos, carbón mineral
y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación
de sus etapas de exploración, explotación, transporte
y distribución.
2.-Estudiar y analizar el comportamiento del mercado desregulado
de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas
de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.
3.-Promover y supervisar la explotación racional de los
recursos hidrocarburíferos y la preservación del
ambiente en todas las etapas de la industria petrolera y ejecutar
las demás acciones de control y fiscalización previstas
para la autoridad de aplicación de la Ley Nº 17.319
y del Decreto Nº 44/91 y ejercer el poder de policía
en materia de gas licuado envasado.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3º
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA( 10)
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA (2)
DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS NACIONALES ( 1 )
DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS INTERNACIONALES (1)
DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS
(1)
SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS (2)
SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA
DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (1)
DIRECCION NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES
DE CREDITO (1)
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION DEL GASTO SOCIAL (1)
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS ( 1 )
DIRECCION DE DIFUSION (1)
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y OPERACIONES (1)
DIRECCION NACIONAL DE METODOLOGIA ESTADISTICA, TECNOLOGIA Y COORDINACION
DEL SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL (1)
DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION (1)
DIRECCION ASISTENTE DE ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS
(1)
DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS Y PRECIOS DE LA PRODUCCION
Y EL COMERCIO (1)
DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS DEL SECTOR EXTERNO (1)
DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS SOCIALES Y DE POBLACION (1)
DIRECCION NACIONAL DE ENCUESTAS A HOGARES (1)
SECRETARIA DE ENERGIA (2)
DIRECCION GENERAL DE COOPERACION Y ASISTENCIA FINANCIERA (1)
SUBSECRETARIA DE ENERGIA (2)
DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA ( 1)
DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION (1)
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES (2)
DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA DE LOS HIDROCARBUROS (1)
DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HIDROCARBURIFEROS Y COMBUSTIBLES
(1)
SECRETARIA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL (1)
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO (2)
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES ( 1 )
DIRECCION NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES (1)
DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA (1)
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE (4)
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (1)
DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE TRANSPORTE FERROVIARIO (1)
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO (1)
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS (5)
DIRECCION NACIONAL DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS (1)
DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA (1)
DIRECCION NACIONAL DE EJECUCION DE PROYECTOS (8)
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL (2)
DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y PROGRAMACION DE PROYECTOS
DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION REGIONAL (6)
DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION CON LAS PROVINCIAS (7)
(1) Mantienen vigentes sus actuales Responsabilidades Primarias,
Acciones y Dotación.
(2) Mantiene vigente la dotación asignada.
(3) Absorbe la dotación asignada a la ex-SUBSECRETARIA
DE INVERSION PUBLICA.
(4) Absorbe la dotación asignada a la ex-SUBSECRETARIA
DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LA LARGA DISTANCIA.
(5) Absorbe las dotaciones asignadas a la SUBSECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS y la exSUBSECRETARIA DE GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS.
(6) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación
de la ex-DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL.
(7) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación
de la ex-DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS.
(8) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación
de la ex-DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION Y EJECUCION DE PROYECTOS.
(9) Absorbe la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación
de la ex-DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y CONTROL.
( 10) Absorbe la dotación asignada a la ex-SECRETARIA DE
PROGRAMACION ECONOMICA.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4º
SECRETARIA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARITIMO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas
referidos al transporte fluvial, marítimo y lacustre.
ACCIONES
1.-Participar en la elaboración de la política concerniente
a la Marina Mercante Nacional.
2. - Participar en las negociaciones e implementar los convenios
y acuerdos de transporte fluvial, marítimo y lacustre de
cooperación en la materia, a nivel nacional e internacional.
Intervenir en las reuniones de los organismos internacionales
vinculados con el sector.
3.-Coordinar los estudios relativos al área y proponer
las acciones para que la Marina Mercante Nacional, alcance niveles
de competitividad en el mercado internacional y efectuar los estudios
para la determinación de las tarifas de fletes y condiciones
del transporte.
4.-Intervenir en la aplicación de las normas sobre el Servicio
de Practicaje y Pilotaje para los ríos, puertos y canales.
Coordinar la gestión administrativa de la Dirección
Nacional.
5.-Promover el desarrollo eficiente y competitivo en el orden
internacional de la industria naval y asesorar a los organismos
oficiales y privados, en relación con los requerimientos
de las actividades navieras y conexas en el ámbito del
país.
6.-Intervenir en los estudios técnicos, económicos
e institucionales vinculados con el proyecto de la Hidrovía
Paraguay y Paraná, en las reuniones correspondientes.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5º
DEPENDENCIA JERARQUICA DE LOS ORGANISMOS NO INTEGRANTES DE LA
ADMINISTRACION CENTRAL, DE LAS AREAS AFECTADAS POR EL PRESENTE
DECRETO
SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
COMISION NACIONAL DE VALORES
CASA DE MONEDA S. E.
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACIÓN MACROECONOMICA:
INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:
ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION
SECRETARIA DE TRANSPORTE:
ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO:
INTERCARGO S. A. C.
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE:
COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE
FERROCARRIL GENERAL BELGRANO S. A.
SECRETARIA DE ENERGIA:
ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS-COMAHUE
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S. A.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 9º
JURISDICCION 50-00
PROGRAMA 55 - FORMULACION Y CONDUCCION DE POLITICAS DE TRANSPORTE
CARGOS O CATEGORIA CANT. DE CARGOS
RETRIBUCION
PERSONAL PERMANENTE
AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER
EJECUTIVO NACIONAL
Secretario 1 62.400.
Total 1 62.400.
JURISDICCION 50-00
PROGRAMA 46 - FORMULACION Y EJECUCION DE LA POLITICA DE RECURSOS
HIDRICOS
CARGOS O CATEGORIA CANT. DE CARGOS RETRIBUCION
PERSONAL PERMANENTE
AUTORIDADES SUPERIORES
DEL PODER EJECUTIVO
NACIONAL
Subsecretario -1 - 60.000. -
Total -1 - 60.000. -