CONDECORACIONES Decreto 765/97 Apruébase un Acta por la que se acuerda una condecoración
a autoridades de la República de Chile. Bs.As., 11/8/97 B.O: 14/8/97
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628 del 17
de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por
el que se creó la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN",
y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta
de condecorar a autoridades de la REPUBLICA DE CHILE, quienes
se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria
complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto
Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por
Ley Nº 14.467.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Apruébase el Acta del Consejo
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", suscripta el
20 de junio de 1997 mediante la cual se acuerda la condecoración
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", a autoridades
de la REPUBLICA DE CHILE, en el grado de GRAN CRUZ, a S. E. el
señor Director General de Política, Embajador D.
Fabio VIO; a S. E. el señor Director de América,
Embajador D. Juan MARTABIT y a S. E. el señor Director
del Ceremonial y Protocolo, Embajador V. Francisco PEREZ WALKER.
Art. 2º-Extiéndanse los correspondientes diplomas,
de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13 de la Reglamentación
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN" aprobada por
el Decreto Nº 16.643 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Guido
Di Tella.