PROCURADOR PENITENCIARIO Decreto 790/97 Designación. Bs. As., 14/8/97 B.O: 20/8/97
VISTO, que se encuentra vacante el cargo de PROCURADOR PENITENCIARIO
por vencimiento del plazo del mandato de su anterior titular,
y
CONSIDERANDO:
Que la índole de las funciones del mencionado cargo, determina
la necesidad de cubrirlo dentro de la mayor brevedad.
Que a tal fin se han evaluado los antecedentes del candidato propuesto
por el Señor Ministro de Justicia, los que acreditan las
exigencias de idoneidad y capacidad requeridas para su desempeño.
Que el señor doctor Oscar Luján FAPPIANO ostenta
actualmente la calidad de Miembro de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos
con mandato vigente hasta el 31 de diciembre de 1997.
Que la circunstancia apuntada no obsta -por las especiales características
de la actividad del organismo internacional aludido- el eficaz
cumplimiento de los deberes asignados al Procurador Penitenciario,
por lo que corresponde, en este supuesto, hacer excepción
a la norma contenida en el artículo 5º de! Decreto
Nº 1598/93.
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades acordadas
por el artículo 99 incisos 1 y 7 de la Constitución
Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Desígnase PROCURADOR PENITENCIARIO
al señor doctor Oscar Luján FAPPIANO (L.E. Nº
4.144.959).
Art. 2º-Exceptúase al funcionario designado
de la incompatibilidad prevista por el artículo 5º
del Decreto Nº 1598/93, en tanto dure su mandato vigente
como Miembro de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos de la Organización de Estados Americanos.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Raúl
E. Granillo Ocampo.