PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Decreto 794/97 Autorízase a su titular a asumir la representación
y defensa del Estado nacional en un juicio, que tramita ante los
Tribunales de Milán, República Italiana. Bs. As., 14/8/97 B.O: 20/8/97
VISTO la Actuación de la Procuración del Tesoro
de la Nación Nº AJ/138/97, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto, se hace saber
que conforme lo informado por la Dirección General de Asuntos
Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto, ante el Tribunal de la Ciudad de Milán,
República ITALIANA, tramitan los autos: "MAT INTERNATIONAL
S.R.L. c/BANCO CENTRAL HISPANO AMERICANO S.A.".
Que por el referido proceso judicial la actora reclamaría
daños y perjuicios al banco demandado, por no cumplir con
el financiamiento del contrato celebrado en 1988, entre AMCTA
(Asociación Mutual de Conductores de Taxis y Afines) y
MAT INTERNATIONAL S.R.L., para el suministro "llave en mano"
de 50 estaciones de servicio para la distribución de gas
natural comprimido en nuestro país, operación que
debería estar amparada por la SACE, ente asegurador italiano
para la inversión en el extranjero y garantizada por el
Estado Nacional Argentino y la Provincia de Formosa.
Que al contestar la intención de la demandada el Banco
Hispanoamericano (hoy Banco Central Hispano Americano S.A.), sostuvo
que no otorgó la carta de crédito por estar pendiente
el otorgamiento de las garantías argentinas que resultaron
nulas.
Que por tal motivo la accionada pidió el rechazo de la
pretensión y reconvino a la actora, por daños y
perjuicios y solicitó la citación al juicio de AMCTA,
del Estado Nacional Argentino y de la Provincia de Formosa.
Que por otra parte, ante los Tribunales de Parma, de la República
ITALIANA, tramitan los autos: "SERRI, Vittorio y otros c/ESTADO
NACIONAL, Provincia de Formosa y otros", en los cuales se
reclaman los daños y perjuicios derivados de la frustración
por la nulidad de las garantías del mencionado contrato,
celebrado entre AMCTA y MAT INTERNATIONAL S.R.L.
Que por Decreto Nº 445 del 8 de setiembre de 1995 se autorizó
al señor Procurador del Tesoro de la Nación a asumir
la representación y defensa del Estado Nacional y, a decidir
la contratación directa en los términos del artículo
56, inciso 3º, apartados d) y f) de la Ley de Contabilidad,
de letrados habilitados para actuar por ante los Tribunales de
Parma de la República ITALIANA.
Que tal como lo expresará el señor Subprocurador
del Tesoro de la Nación en la actuación citada en
el Visto, existiría conexidad procesal en ambas causas
derivada de la identidad de circunstancias, causa, título
y objeto, que pondrían en evidencia un doble reclamo contra
el Estado Nacional y la referida Provincia.
Que en atención a lo expresado y teniendo en cuenta la
magnitud de los intereses estatales en juego resulta necesario
asignar la defensa del Estado Nacional en el presente caso al
señor Procurador del Tesoro de la Nación. asignándole
idénticas facultades a las otorgadas en virtud del mencionado
Decreto 445/95.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 99 inc. 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Autorízase al señor
Procurador del Tesoro de la Nación a asumir la representación
y defensa de los intereses del Estado Nacional en los autos caratulados:
"MAT INTERNATIONAL S.R.L. c/BANCO CENTRAL HISPANO AMERICANO
S.A.", que tramitan ante los Tribunales de Milán,
República ITALIANA.
Art. 2º-Facúltase al señor Procurador
del Tesoro de la Nación a decidir la contratación
directa en los términos del artículo 56, inciso
3). apartados d) y f) de la Ley de Contabilidad, de letrados habilitados
para actuar en los Tribunales de Milán, República
ITALIANA.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos
V. Corach.