ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA
Decreto 8/98
Trasládase a la Base Naval de Puerto Belgrano.
Bs. As.. 6/1/98
B.O.: 9/1/98
VISTO lo informado por el Señor JEFE DEL ESTADO
MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y lo propuesto por el señor
MINISTRO DE DEFENSA. y
CONSIDERANDO:
Que atento el proceso de reestructuración
integral de la ARMADA ARGENTINA, se han realizado diversos estudios
tendientes a profundizar la racionalización de sus elementos,
como paso previo a la evolución de su orgánica.
Que esos estudios indican la necesidad de homogeneizar
criterios en la enseñanza académica y operacional.
Que la ARMADA ARGENTINA, profundizando el proceso
de cambio y reestructuración en curso, prevé la
reubicación de la ESCUELA DE MECANICA, dando máxima
prioridad a lo operativo y a la concentración del esfuerzo
principal en la BASE NAVAL DE PUERTO BELGRANO.
Que en virtud de lo expuesto, resulta entonces apropiado,
trasladar las instalaciones de la ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA
de la Ciudad de BUENOS AIRES, a la BASE NAVAL DE PUERTO BELGRANO,
Provincia de Buenos Aires.
Que el contacto con los medios operativos, escuelas,
especializadas, talleres y arsenales de la BASE NAVAL DE PUERTO
BELGRANO, contribuirá a actualizar y facilitar el ciclo
de instrucción y adiestramiento de los aspirantes.
Que el cambio de instalaciones sobredimensionadas,
antiguas y desactualizadas, con alto costo de mantenimiento y
baja eficacia educativa por construcciones más aptas y
modernas, generará importantes ahorros de operación
y funcionamiento.
Que el traslado de la ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA
tiene un valor simbólico innegable, sustentado en el atan
por dejar atrás las antinomias y asumir las lecciones de
la historia reciente, expresando plenamente la voluntad de conciliación
de los argentinos.
Que destinar al uso público los terrenos que
actualmente ocupa dicha instalación militar y erigir en
dicho aspecto libre un símbolo de la unión nacional
como único propósito, representa un compromiso ético
de convivencia democratice y respeto a la ley.
Que debe dejarse expresamente dispuesto que el traslado
no afecta en modo alguno las instalaciones de la ESCUELA DE GUERRA
NAVAL.
Que para ejecutar lo expresado, resulta necesario
impartir las instrucciones pertinentes a las diversas arcas del
Gobierno Nacional competentes.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado
para dictar el presente acto, en virtud de las atribuciones conferidas
por el artículo 99 incisos 1, 12 y 14 de la Constitución
Nacional.
Por ello.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°-Trasládase
las instalaciones de la ESCUELA DE MECANICA DE LA ARMADA de la
Ciudad de Buenos Aires, a la BASE NAVAL DE PUERTO BELGRANO, Provincia
de BUENOS AIRES. en las condiciones que se determinan en el presente.
Art. 2°-Instrúyese
al MINISTERIO DE DEFENSA para que una vez cumplimentados los extremos
presupuestarios necesarios, proceda a la desafectación
del inmueble actualmente sede de la ESCUELA DE MECANICA DE LA
ARMADA y disponga que la ARMADA ARGENTINA efectúe el traslado
de los bienes útiles y la construcción de la nueva
Escuela de Suboficiales de la Armada.
Art. 3°-Instrúyese
al MINISTERIO DE DEFENSA para que realice las tareas necesarias
que permitan destinar al predio mencionado en el artículo
anterior para el único propósito de generar un espacio
verde de uso público y el lugar de emplazamiento de un
símbolo de la unión nacional.
Art. 4°-Déjase
establecido que las previsiones del presente acto no afectaran
en modo alguno a las instalaciones de la ESCUELA DE GUERRA NAVAL.
Art. 5°-Comuníquese,
Publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y Archívese. - MENEM.-Jorge A. Rodríguez
- Jorge Domínguez.