EXENCION DE GRAVAMENES Decreto 812/97 Exímese del pago del derecho de importación y
demás gravámenes a los productos originarios y procedentes
de los países participantes en el evento "VIII Congreso
Mundial de Ultrasonográfia en Medicina y Biología". Bs. As., 21/8/97 B.O: 26/8/97
VISTO el Expediente Nº 031-002167/96 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma CONGRESOS INTERNACIONALES S.A. solicita la exención
del pago del derecho de importación y demás tributos
que gravan la importación para consumo de los libros, catálogos,
folletos, objetos promocionales tales como portafolios, libros
de resúmenes, ponencias, biromes y otras formas de propaganda
originarios y procedentes de los países participantes en
el evento "VIII CONGRESO MUNDIAL DE ULTRASONOGRAFIA EN MEDICINA
Y BIOLOGIA", a realizarse en la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA
ARGENTINA), del 1 al 5 de setiembre de 1997.
Que la realización de esta muestra acrecentará el
intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro
país con los demás países participantes.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVCIOS PUBLICOS ha tomado la debida intervención,
opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas
al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso
s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº
21.450 y mantenido por el artículo 4º de la Ley Nº
22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que
gravan a la importación para consumo.
Por ello.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Exímese del pago del derecho
de importación, del impuesto al valor agregado, de los
impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística
X comprobación de destino, que gravan la importación
para consumo de los libros, catálogos, folletos, objetos
promocionales tales como portafolios, libros de resúmenes,
libros de ponencias, biromes y otras formas de propaganda originarios
y procedentes de los países participantes en el evento
"VIII CONGRESO MUNDIAL DE ULTRASONOGRAFIA EN MEDICINA Y BIOLOGIA",
a realizarse en la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA)
del 1 al 5 de setiembre de 1997, para su exhibición y/u
obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo
de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país
participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.