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Decreto 83/99 del 8/2/99




POLICIA FEDERAL ARGENTINA
Decreto 83/99
Revócanse las resoluciones de la Jefatura de la mencionada institución del 16 de noviembre de 1994 y del 24 de julio de 1995. Promoción.
Bs. As., 8/2/99
B.O.: 11/02/99
VISTO el Expediente N° 462-57-000.217/94 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA con agregados sin acumular Expediente N° 871-57-018.072/94 del mismo registro, Fotocopia del Legajo Personal N° 4400, Expedientes Números 24.227/61, 26.006/61, 142.068/91, 142.069/91 del registro de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, y
CONSIDERANDO:
Que el Comisario (R.O.) de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Agustín Francisco CATTANEO, solicita se le concedan los beneficios de la Ley N° 24.294.
Que conforme lo establece la citada ley en sus artículos 1° y 2°, es competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL en razón de la materia entender en estos actuados, no encontrándose facultado para ello el Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA por no haber delegación de facultades, correspondiendo la revocación de las Resoluciones Policiales del 16 de noviembre de 1994 y del 24 de julio de 1995, conforme el artículo 17 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
Que la Ley N° 24.294 establece que se promoverá DOS (2) grados con el nomenclador de "retiro voluntario" al personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA que durante los años 1960 y 1961 hubiere pasado a disponibilidad y ulteriormente retirado en forma obligatoria.
Que la referida norma estipula que se le concederán los beneficios, siempre que reúna las siguientes condiciones: habérsele gestionado el retiro durante los años 1960-1961, haber sido declarado en disponibilidad durante el mismo período y pasado ulteriormente a retiro sin que mediare sumario administrativo y no haber obtenido anteriormente beneficio similar por la misma causa.
Que la misma ley estipula que la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL atenderá con sus recursos los beneficios derivados de sus artículos 1° y 2° de acuerdo con la nueva situación de revista, no reconociéndosele, a los efectos del pago, retroactividad alguna.
Que obra agregado el Decreto N° 3586 del 4 de mayo de 1961, donde se dispuso el pase a situación de retiro obligatorio del causante.
Que asimismo existe constancia en autos de que mediante el Decreto N° 3135 del 27 de octubre de 1975 el nombrado fue promovido al grado de Comisario (R) y dado que la Ley N° 24.294 establece un beneficio mayor, corresponde su aplicación, otorgándole UN (1) grado más de promoción jerárquica y el cómputo de servicios que acuerda.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que el presente se dicta en uso de la facultad conferida por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley N° 24.294.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° -Revócanse las Resoluciones de la Jefatura de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA del 16 de noviembre de 1994 y del 24 de julio de 1995.
Art. 2° -Hácese lugar a lo solicitado por el Comisario (RO) de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Agustín Francisco CATTANEO (M.I. N° 122.664) y dispónese la promoción al grado de Comisario Inspector con la nomenclatura de Retiro Voluntario a partir del 30 de diciembre de 1993.
Art. 3° -Reconócese a los efectos del cómputo definitivo de servicios, el tiempo desde su pase a situación de Retiro Obligatorio hasta el 7 de diciembre de 1993.
Art. 4° -Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -MENEM. -Carlos V. Corach.

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