RADIODIFUSION
Decreto 902/98
Autorízanse ingresos a "Televisión Litoral
Sociedad Anónima", titular de las licencias de "LT83
TV Canal 3", "LT2 Radio General San Martín"
ambas de la ciudad de Rosario, y "LRH253 Radio Cataratas"
de la ciudad de Puerto Iguazú.
Bs. As., 4/8/98
B.O: 06/08/98
VISTO el expediente Nº 1985/95 del registro del COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION, y
CONSIDERANDO:
Que en las mencionadas actuaciones tramita el pedido formulado
por "TELEVISION LITORAL SOCIEDAD ANONIMA", titular de
las licencias de "LT83 TV CANAL 3", "LT2 RADIO
GENERAL SAN MARTIN" ambas de la ciudad de ROSARIO, provincia
de SANTA FE, y "LRH253 RADIO CATARATAS" de la ciudad
de PUERTO IGUAZU, provincia de MISIONES, tendiente a que se autorice
el ingreso a esa sociedad de las señoras Beatriz María
Rita GOLLAN de MENDEZ y Ana Cecilia GOLLAN de QUARANTA.
Que de la documentación acompañada surge que el
socio Alberto Casiano GOLLAN donó a las ingresantes-como
anticipo de herencia- la cantidad de DOSCIENTAS (200) acciones
que posee en la licenciataria de referencia, distribuidas en partes
iguales entre aquellas.
Que de las constancias glosadas surge la conformidad de las partes
intervinientes, así como también, la toma de conocimiento,
por parte de la sociedad, de la operación arriba indicada.
Que las donatarias reúnen las condiciones y requisitos
personales exigidos por el artículo 45 de la Ley Nº
22.285.
Que la limitación temporal exigida por el artículo
46, inciso f) de la Ley de Radiodifusión, para que puedan
autorizarse transferencias de acciones o cuotas de sociedades
licenciatarias de servicios de radiodifusión -en lo que
se refiere al transcurso de CINCO (5) años desde la iniciación
de las emisiones regulares- se encuentra cumplida, toda vez que
la sociedad en cuestión inicio las transmisiones regulares
de "LT83 TV CANAL 3" de la ciudad de ROSARIO, provincia
de SANTA FE, el 20 de junio de 1965.
Que el servicio jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene competencia para dictar
el presente acto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo
46, inciso f) de la Ley Nº 22.285.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º- Autorízase el ingreso de
las señoras Beatriz María Rita GOLLAN de MENDEZ
(M.I. Nº 5.989.144) y Ana Cecilia GOLLAN de QUARANTA (M.I.
Nº 6.651.545) a "TELEVISION LITORAL SOCIEDAD ANONIMA",
titular de las licencias de "LT83 TV CANAL 3", "LT2
RADIO GENERAL SAN MARTIN" ambas de la ciudad de ROSARIO,
provincia de SANTA FE y "LRH253 RADIO CATARATAS" de
la ciudad de PUERTO IGUAZU, de la provincia de MISIONES.
Art. 2º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos
V. Corach.