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Decreto 92/98 del 26/01/98




BIBLIOTECAS POPULARES



Decreto 92/98



Desígnanse Presidente y Secretaria de la Comisión
Nacional Protectora de Bibliotecas Populares.



Bs. As., 26/1/98



B.O: 29/01/98



VISTO que el 19 de octubre de 1997 se cumplió el período
de ley para el que fueron designados el Presidente y la Secretaria
de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, en
jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA
DE LA NACION y lo dispuesto en el artículo 9º de la
Ley Nº 23.351 y el artículo 12 del Reglamento de la
citada Comisión, aprobado por el Decreto Nº 1078 del
6 de julio de 1989, y


CONSIDERANDO:


Que fue necesario garantizar la continuidad del normal funcionamiento
de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES.


Que se propone dar por designado al señor Daniel Ramón
RIOS (D.N.I. Nº 8.626.561) como Presidente y a la señora
Ana Teresa DOBRA (L.C. Nº 6.078.671) como Secretaria de la
mencionada Comisión.


Que los antecedentes académicos, profesionales, institucionales
y personales de los postulantes se ajustan a las exigencias de
la Ley Nº 23.351 y acreditan la estrecha vinculación
al quehacer bibliotecario y la suficiente experiencia en el ámbito
de la educación y de la cultura popular.


Que, por otra parte, es voluntad del Gobierno Nacional continuar
con el fortalecimiento de la política de apoyo y fomento
de las bibliotecas populares y estimular el desarrollo de los
servicios bibliotecarios y la promoción de la lectura popular.



Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido
en los artículos 9º y 10 de la Ley Nº 23.351,
y el artículo 99, inciso 1º) de la Constitución
Nacional.


Por ello,


EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:


Artículo 1º-Dase por designado Presidente de
la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, en jurisdicción
de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION al
Profesor Daniel Ramón RIOS (D.N.I. Nº 8.626.561) por
un nuevo período de ley, a partir del 19 de octubre de
1997.


Art. 2º-Dase por designada Secretaria de la COMISION
NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, en jurisdicción
de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la
señora Ana Teresa DOBRA (L.C. Nº 6.078.671) por un
nuevo período de ley, a partir del 19 de octubre de 1997.



Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-MENEM.-Carlos
V. Corach.

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