HUESPEDES OFICIALES
Decreto 940/98
Convalídase el tratamiento acordado a1 Presidente de
la República de Nicaragua y su comitiva.
Bs. As., 13/8/98
B.O: 20/08/98
VISTO la visita efectuada al país por el señor Presidente
de la República de NICARAGUA, D. Arnoldo ALEMAN LACAYO
y comitiva, entre los días 7 y 12 de agosto de 1998, lo
aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra
en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por
el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º- Convalídase el tratamiento
de Huéspedes Oficiales del Gobierno argentino acordado
al señor Presidente de la República de NICARAGUA,
D. Amoldo ALEMAN LACAYO y comitiva, durante su permanencia en
la República, entre los días 7 y 12 de agosto de
1998.
Art. 2º- Atiéndase con cargo al presupuesto
correspondiente a la jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO - para el ejercicio
de 1998, los gastos derivados del presente Decreto.
Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
MENEM.- Guido Di Tella.