CONDECORACIONES
Decreto 948/98
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración
al Consejero Cultural Científico y de Cooperación
de la Embajada de la República Francesa.
Bs. As., 13/8/98
B.O: 19/08/98
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.629 del 17
de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por
el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta
de condecorar al señor Consejero Cultural, Científico
y de Cooperación de la Embajada de la REPUBLICA FRANCESA
en la República, D. Lucién GASTELA, quien se ha
hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria
complementaria prevista en el artículo 6º del Decreto
Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por
Ley Nº 14.467.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º- Apruébase el Acta del Consejo
de la "ORDEN DE MAYO", suscripta el 14 de mayo de 1996,
mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN
DE MAYO AL MERITO" en el grado de COMENDADOR, al señor
Consejero Cultural, Científico y de Cooperación
de la Embajada de la REPUBLICA FRANCESA en la República,
D. Lucién GASTELA.
Art. 2º- Extiéndase el correspondiente diploma,
de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación
de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto Nº
16.644 del 18 de diciembre de 1957.
Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
MENEM.- Guido Di Tella.