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Decreto 957/98 del 14/08/98




CONDECORACIONES


Decreto 957/98


Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración
al Presidente de la República de Guatemala.


Bs. As., 14/8/98


B.O: 20/08/98


VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628 del 17
de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por
el que se creó la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN",
y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta
de condecorar al Excelentísimo señor Presidente
de la REPUBLICA DE GUATEMALA, D. Alvaro Enrique ARZU IRIGOYEN,
quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la
Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria
complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto
Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por
Ley Nº 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º- Apruébase el Acta del Consejo
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", suscripta el
7 de abril de 1998, mediante la cual se acuerda el COLLAR de la
"ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN" al Excelentísimo
señor Presidente de la REPUBLICA DE GUATEMALA, D. Alvaro
Enrique ARZU IRIGOYEN.

Art. 2º- Extiéndase la Carta Autógrafa
de estilo, de acuerdo con lo estipulado por el artículo
12 de la Reglamentación de la "ORDEN DEL LIBERTADOR
SAN MARTIN" aprobada por el Decreto Nº 16.643 del 18
de diciembre de 1957.

Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
MEMEM.- Guido Di Tella.

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