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Decreto 970/98 del 19/08/98




CONDECORACIONES


Decreto 970/98


Apruébase un Acta mediante la cual se acuerdan condecoraciones
a autoridades de la República Federativa del Brasil.


Bs. As., 19/8/98


B.O: 24/08/98


VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.628 del 17
de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por
el que se creó la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN",
y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta
de condecorar a personalidades de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL
BRASIL, quienes se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento
de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria
complementaria prevista en el artículo 5º del Decreto
Ley Nº 16.628 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por
Ley Nº 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º- Apruébase el Acta del Consejo
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", suscripta el
16 de octubre de 1997, mediante la cual se acuerda la condecoración
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN", a autoridades
de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, en el grado de GRAN OFICIAL,
al señor Director General de Integración Latinoamericana,
Ministro D. Renato Luiz RODRIGUES MARQUES al señor Secretario
de Planeamiento Diplomático, Ministro D. Armando Sergio
FRAZAO; al señor Jefe de la "División del Mercado
Común", Ministro D. Carlos Alberto SIMAS MAGALHAES;
al señor funcionario de la Embajada en la República,
Ministro D. Pedro MOTTA PINTO COELHO; al señor funcionario
de la Embajada en la República, Ministro D. Paulo Alberto
da SILVEIRA SOARES; al señor Director de Ceremonial de
la Presidencia, Ministro D. Walter PECLY MOREIRAM; al señor
Jefe de la Coordinación de Asuntos del ALCA, Ministro D.
Ruy Carlos PEREIRA y al señor Sub-Jefe Ejecutivo de la
Casa Militar de la Presidencia, Coronel D. Arthur PERES FILMO.


Art. 2º- Extiéndanse los correspondientes diplomas,
de acuerdo con lo estipulado por el artículo 13 de la Reglamentación
de la "ORDEN DEL LIBERTADOR SAN MARTIN" aprobada por
el Decreto Nº 16.643 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
MENEM.- Guido Di Tella.

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