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Decreto 971/97 del 18/09/97





EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 971/97

Exímese del pago del derecho de importación y
demás tributos a los productos originarios y procedentes
de los países participantes en el evento "3a. Feria
Artesanal del Mundo y de Comunidades Indígenas".


Bs.As., 18/9/97

B.O: 29/9/97

VISTO el Expediente Nº 061-005015/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la (FUNDARQ) FUNDACION ARQUEOLOGICA DEL LITORAL solicita la
exención del pago del derecho de importación y demás
tributos que gravan la importación para consumo de los
productos alimenticios, artesanías, trajes típicos,
arte plumario, plantas medicinales, videos culturales, catálogos,
afiches y otras formas de propaganda, originarios y procedentes
de los países participantes en el evento "3ra. FERIA
ARTESANAL DEL MUNDO Y DE COMUNIDADES INDIGENAS", a realizarse
en el Predio de la Sociedad Rural de SANTA FE, Provincia de SANTA
FE (REPUBLICA ARGENTINA), del 2 al 19 de octubre de 1997.

Que la realización de esta muestra acrecentará el
intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro
país con los demás países participantes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la debida intervención,
opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas
al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 59, inciso
s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº
21.450 y mantenido por el artículo 44 de la Ley Nº
22.792 en lo que hace a la exención de los tributos que
gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Exímese del pago del derecho
de Importación, del impuesto al valor agregado, de los
impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística
y comprobación de destino, que gravan la importación
para consumo de los productos alimenticios, artesanías,
trajes típicos, arte plumario, plantas medicinales, videos
culturales, catálogos. afiches y otras formas de propaganda
originarios y procedentes de los países participantes en
el evento "3a. FERIA ARTESANAL DEL MUNDO Y DE COMUNIDADES
INDIGENAS", a realizarse en el Predio de la Sociedad Rural
de SANTA FE, Provincia de SANTA FE (REPUBLICA ARGENTINA) del 2
al 19 de octubre de 1997, para su exhibición y/u obsequio
en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES
ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL (U$S 10.000) por país participante,
tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge
A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

Administracionius UNLP

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