DUELO NACIONAL Decreto 982/97 Decláranse los días 23, 24 y 25 de septiembre
de 1997, con motivo del fallecimiento del Senador Nacional Deolindo
Felipe Bittel. Bs. As., 23/9/97 B.O: 26/9/97
VISTO el fallecimiento del señor Senador Nacional D. Deolindo
Felipe BITTEL ocurrido el 22 de septiembre de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que el referido legislador desarrolló una intensa actividad
política dentro del marco democrático, habiendo
sido elegido en tres oportunidades para desempeñarse como
Gobernador de la Provincia del Chaco.
Que asimismo se desempeñó como Intendente de la
Ciudad de Resistencia, cargo para el que fuera elegido también
por el voto de sus conciudadanos.
Que sostuvo los valores y principios democráticos aun en
aquellos períodos en que dicho sistema institucional no
se encontraba vigente, realizando valiosos aportes para la defensa
de los derechos humanos.
Que el nombrado prestaba importantes y señalados servicios
al país desde las funciones que le tocó desempeñar,
siendo un deber del Gobierno Nacional honrar su memoria con motivo
de su lamentable desaparición.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución
Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Decláranse días de
duelo nacional el 23. 24 y 25 de septiembre de 1997, con motivo
del fallecimiento del Señor Senador Nacional D. Deolindo
Felipe BITTEL.
Art. 2º-Por el MINISTERIO DEL INTERIOR se expresarán
a la familia del extinto las condolencias del Gobierno Nacional.
Art. 3º-Durante los días de duelo nacional
la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos
los edificios públicos.
Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos
V. Corach.