CONVENIOS Decreto Nº 1042/95 Apruébase un convenio de renovación de préstamo
suscripto entre la Administración Nacional del Seguro de
Salud (ANSSAL) y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados. Bs. As., 29/12/95
VISTO la actuación Nº 2002-16963/95-1 del registro
de la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ANSSAL) dependiente
de la SECRETARIA DE POLITICAS DE SALUD Y REGULACION SANITARIA
del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por dicha actuación se gestiona la renovación
por el término de UN (1) año del préstamo
de hasta PESOS NOVENTA MILLONES ($ 90.000.000) que para afectar
a las prestaciones médico-asistenciales de los beneficiarios
del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y
PENSIONADOS otorgara la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE
SALUD (ANSSAL) mediante contrato de fecha 21 de marzo de 1995,
aprobado por Decreto Nº 396 del 23 de marzo de 1995.
Que tal asistencia financiera se realiza dentro del marco de las
leyes Nros. 23.660 y 23.661.
Que se persigue garantizar el otorgamiento de prestaciones de
salud a los beneficiarios del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS
SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, cuyo universo se encuentra
incluido dentro del seguro de salud.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas
por el artículo 99 inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1º Apruébase el convenio de renovación
de préstamo suscripto entre el señor Interventor
de la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ANSSAL) y el
señor Interventor Normalizador del INSTITUTO NACIONAL DE
SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, que como Anexo
I forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2º: Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.MENEM. - Eduardo Bauzá. - Alberto J.
Mazza.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.