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DECRETO Nº 1154/96 del 10/10/96




DECRETO Nº 1154/96

BUENOS AIRES, 10 de octubre de 1996

VISTO el Decreto N° 660 del 24 de junio de 1996, modificado
por el Decreto N° 992/96, y


CONSIDERANDO:

Que por el artículo 16 de la citada norma se dispuso la
fusión de las SECRETARIAS DE OBRAS PUBLICAS Y DE ENERGIA
Y TRANSPORTE, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
en la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que dicha norma definió las funciones a desarrollar por
la Administración Nacional, orientadas a privilegiar las
áreas sustantivas de las distintas jurisdicciones.

Que las modificaciones producidas con posterioridad a la aprobación
del mencionado decreto, en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, tornan conveniente revisar el criterio de
fusión aplicado a áreas de Obras Públicas
y de Energía y Transporte.

Que la magnitud e importancia de los objetivos y responsabilidades
asignadas a las mismas aconsejan reformular ambas Secretarias.

Que asimismo, lo dispuesto por este acto no implica una modificación
en el número de Subsecretarias oportunamente establecidas
por el Decreto Nº 660/96 y modificatorio en la jurisdicción
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha tomado
la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes
del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto, a partir de
la fecha del presente decreto, la fusión de la SECRETARIA
DE OBRAS PUBLICAS y de la SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE,
en la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS dispuesta por el
artículo 16 del Decreto N° 660/96, modificado por
el Decreto Nº 992/96, reformulando ambas Secretarías
en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS.

ARTICULO 2°- Sustitúyese el Anexo I del Decreto
N° 660/96 y modificatorio, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS, por el siguiente: MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Secretaría de Programación Económica

Subsecretaría de Programación Macroeconómica

Subsecretaría de Programación Regional

Subsecretaría de Inversión Pública

Subsecretaría de Bancos y Seguros

Instituto Nacional de Estadística y Censos

Secretaría de Coordinación

Subsecretaría Legal

Subsecretaría de Administración

Subsecretaría de Normalización Patrimonial

Subsecretaría de Relaciones Institucionales

Secretaría de Hacienda

Subsecretaría de Presupuesto

Subsecretaría de Política Tributaria

Subsecretaría de Financiamiento

Secretaría de Obras Públicas y Transporte

Subsecretaría de Obras Públicas

Subsecretaría de Recursos Hídricos

Subsecretaría de Transporte Aerocomercial

Subsecretaría de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia

Secretaría de Energía y Puertos

Subsecretaría de Energía

Subsecretaría de Combustibles

Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables

Secretaría de Industria, Comercio y Minería

Subsecretaría de Industria

Subsecretaría de Comercio Exterior

Subsecretaría de Comercio Interior

Subsecretaría de Minería

Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación

Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Forestación

Subsecretaría de Pesca

Subsecretaría de Alimentación

ARTICULO 3°.- Sustitúyese el Anexo II del Decreto
N° 660/96 y modificatorio en la parte correspondiente a la
ex-SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por el que obra como Anexo
al presente articulo.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.MENEM- Jorge A. Rodríguez- Roque B.
Fernández

ANEXO AL ARTICULO 3º

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE

OBJETIVOS

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución
de la política nacional en materia de obras públicas
y transporte, terrestre y aerocomercial supervisando su cumplimiento
y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.
Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar
su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente
por la normativa vigente en la materia o las que en el futuro
se le deleguen.

Coordinar la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional que otros paises u organismos
internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos
y políticas de obra pública.

Entender en todo lo concerniente a la administración de
los bienes físicos de propiedad del Estado Nacional.

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución
de la política relativa a los recursos hídricos,
supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas
y proyectos vinculados a los mismos en todas sus manifestaciones
a fin de proveer a su correcto conocimiento, aprovechamiento,
uso y preservación, y a la participación de las
políticas tarifarias y de concesiones.

Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transportes
interno e internacional coordinando sus acciones y elaborando
las medidas que permitan el desarrollo de los modos aéreo
y terrestre, en condiciones de máxima eficiencia, de conformidad
con las facultades otorgadas por la legislación y la normativa
vigente.

Definir y controlar las políticas y planes de corto, mediano
y largo plazo para transporte interno e internacional que faciliten
una adecuada coordinación, orientadas en especial a favorecer
1a integración, latinoamericana y promover los estudios
y acciones que posibiliten distintas formas de desregulación,
privatización y/o concesión parcial o total de los
servicios en la medida que tienda al perfeccionamiento del sistema.

Efectuar el control y fiscalización de los servicios de
transporte que se prestan a través de los diferentes modos,
asegurando la máxima calidad del servicio y protección
al usuario en condiciones racionales de economicidad, y coordinar
las acciones relativas a prevención, accidentes y seguridad
vial.

Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes
u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas
de competencia de la Secretaría cuando tengan una vinculación
funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios
correspondientes.

Asistir en la resolución de los recursos de carácter
administrativo que se interpongan en contra de las actividades
específicas del accionar de los entes mencionados en e!
párrafo anterior.

Conducir las acciones tendientes a aplicar la política
sectorial orientando el proceso de adaptacion de los nuevos operadores
al interés general.

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

OBJETIVOS

Coordinar la planificación y ejecución de inversiones
en obras públicas. Coordinar el análisis y la elaboración
de las propuestas sobre el marco regulatorio que facilite la concreción
de las mismas.

Asistir al Secretario de Obras Públicas y Transporte en
el ejercicio de las facultades que le han sido delegadas o le
fueren delegadas en el futuro respecto de las normas rectoras
sobre obras públicas y/o sobre concesiones de obras públicas.

Asistir al Secretario de Obras Públicas y Transporte en
la gestión y obtención de cooperación técnica
y financiera internacional que otros paises u organismos internacionales
ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas
en materia de obra pública, en especial en el sector vial.

Coordinar la planificación de las políticas de concesiones
de obras públicas, en especial, del sistema vial nacional.

Asistir en la fiscalización, juntamente con los organismos
de contralor respectivos, del accionar de los entes concesionarios
en las concesiones viales y/o de obras públicas existentes
o que se establezcan en el futuro.

Entender en la formulación, seguimiento y control de aplicación
de las políticas relativas a los bienes físicos
de propiedad del Estado Nacional e implementar y mantener actualizado
un sistema de información que facilite la operación
de dichos bienes.

Asistir en todos los actos de administración de los bienes
inmuebles del Estado Nacional correspondientes a la Administración
Centralizada, su adquisición, disposición, conservación,
mantenimiento y asignación, y en la racionalización
de los espacios físicos, formulando las políticas
relativas a su conservación, mantenimiento, y efectuar
su seguimiento y control.

Ejercer las atribuciones encomendadas a la COMISION VENTA INMUEBLES
ESTATALES creada por Decreto N° 2137 del 10 de octubre de
1991 y ejercer las atribuciones encomendadas por la Ley N°
24.383.

Entender en la formulación, seguimiento y ejecución
de las políticas relativas a la construcción, conservación
y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y
conservación de monumentos históricos nacionales.

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS

OBJETIVOS

Coordinar la planificación y ejecución de la política
en materia de recursos hídricos y la elaboración
del marco regulatorio, vinculando la acción de las distintas
jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática
hídrica.

Asesorar en la planificación de la política exterior
de la Nación en materia de recursos hídricos internacionales
compartidos, sus cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos,
y cuerpos de agua, así como también de la política
sobre cuencas y regiones hídricas ínter-provinciales.

Asistir en la planificación de políticas tarifarias
y de concesiones que se efectúen para el aprovechamiento
y preservación de los recursos hídricos y prestación
de servicios de agua potable y tratamientos cloacales.

Asistir en la promoción, impulso y administración
de programas de abastecimiento de agua potable, evacuación
de excretas y otros servicios complementarios, con el objetivo
de promover el desarrollo y el mejoramiento de la calidad de vida
de la población.

Asistir en la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional que otros países
u organismos internacionales ofrezcan para el cumplimiento de
los objetivos y políticas en materia hídrica.

Asistir en e! control de funcionamiento de los sistemas de prestación
de los servicios de agua potable, evacuación de excretas
y otros servicios complementarios que brinden los organismos y/o
entes prestadores de servicios públicos, destinatarios
de recursos presupuestados o que surjan de cooperación
financiera internacional.

Celebrar convenios -ad referéndum- del Secretario de Obras
Públicas y Transporte con las provincias, municipios y/o
comunidades, para el desarrollo de los planes y programas de su
competencia.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las
políticas, planes y programas referidos al transporte aerocomercial.

Coordinar los estudios para La actualización de la normativa
vigente en lo referente a modalidades operativas, régimen
tarifario y toda otra normativa vinculada con las acciones de
su competencia.

Elaborar y proponer políticas de desregulación,
privatización y/o concesión de los servicios de
transporte.

Coordinar todo lo relativo a planes de ruta como así también
la modificación o actualización de la legislación
y el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial.

Participar en la reestructuración del sistema nacional
de aeropuertos.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las
políticas, planes y programas referidos al transporte automotor
y ferroviario de carga y pasajeros, tanto metropolitano como de
larga distancia.

Coordinar los estudios para la actualización de la normativa
vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica
de equipos, seguros, régimen tarifarlo y toda otra normativa
vinculada con las acciones de su competencia.

Elaborar y proponer políticas de desregulación,
privatización y/o concesión de los servicios de
transporte.

Contribuir a la estructuración y planificación del
transporte en el Area Metropolitana de Buenos Aires.

SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS

OBJETIVOS

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución
de la política nacional en materia de energía, actividad
portuaria, fluvial y marítima y de las vías navegables,
supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio
destinado a facilitar su ejecución.

Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes
u organismos de control de los servicios públicos privatizados
o concesionados en el área de la Secretaría, cuando
los mismos tengan una vinculación funcional con la misma
y hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

Asistir en la resolución de los recursos de carácter
administrativo que se interpongan en contra del accionar de los
Entes Reguladores de las actividades específicas.

Conducir las acciones tendientes a aplicar la política
sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos
operadores al interés general.

SUBSECRETARIA DE ENERGIA

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas
sectoriales.

Monitorear las relaciones con y entre los diferentes operadores
del sistema eléctrico, asegurando la adecuada información
acerca de las condiciones de demanda y oferta en el corto, mediano
y largo plazo.

Evaluar los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento
energético, asistir en la elaboración de las propuestas
relativas a la normativa específica para las distintas
etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental
en coordinación con las áreas competentes y promocionar
programas conducentes al uso racional de la energía y al
desarrollo de las fuentes nuevas y renovables.

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y control de la ejecución de la política
nacional de hidrocarburos, carbón mineral y otros combustibles,
en lo que hace a la promoción y regulación de sus
etapas de exploración, explotación, transporte y
distribución.

Estudiar y analizar el comportamiento del mercado desregulado
de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas
de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.

Promover y supervisar la explotación racional de los recursos
hidrocarburíferos y la preservación del ambiente
en todas las etapas de la industria petrolera y ejecutar las demás
acciones de control y fiscalización previstas para la autoridad
de aplicación de la Ley N° 17.319 y del Decreto N°
44/91 y ejercer el poder de policía en materia de gas licuado
envasado.

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas
y planes referidos a la actividad portuaria y de las vías
navegables y todo lo vinculado al transporte fluvial y marítimo.
Ejercer todas las responsabilidades y funciones de la autoridad
portuaria nacional.

Elaborar y proponer políticas de desregulación,
privatización y/o concesión de los puertos, servicios
portuarios y de vías navegables.

Coordinar los estudios para la actualización de la normativa
vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica
de equipos, seguros, régimen tarifario y toda otra normativa
vinculada a las acciones de su competencia.

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