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DECRETO N° 302/1983




OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

Disposición 2/2001

Modifícanse parcialmente las características de los informes a presentar en dicha Oficina, a consecuencia de las variaciones registradas en el caso de un sector de los operadores del mercado de granos frente al Impuesto al Valor Agregado.

Bs. As., 9/1/2001

VISTO el expediente N° 800-000394/2001 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución N° 835 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA de fecha 16 de diciembre de 1996, la Resolución Conjunta N° 857 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y N° 23 de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA de fecha 19 de diciembre de 1996, la Resolución Conjunta N° 90 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y N° 5 de la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA de fecha 25 de febrero de 1997, la Resolución Conjunta N° 575 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION y N° 897 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de fecha 21 de septiembre de 2000 y las Disposiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO Nros. L14 de fecha 30 de junio de 1997, L26 de fecha 31 de octubre de 1997, L19 de fecha 6 de marzo de 1998 y DE50 de fecha 4 de noviembre de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que el conjunto de normas mencionadas en el Visto de la presente disposición regla las características del Soporte Magnético Informático correspondiente al Formulario C1116A (Nuevo Modelo).

Que, habiendo variado la situación frente al Impuesto al Valor Agregado de un sector de los operadores del mercado de granos, resulta necesario modificar parcialmente las características de los informes suministrados a esta Oficina Nacional por medio del mencionado Soporte Magnético.

Que se comparte el criterio sustentado en la elevación de los actuados por parte de la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 1343 de fecha 27 de noviembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
DISPONE:

Artículo 1°
— Sustitúyese el texto del campo 11 del registro 3 de la Descripción de Registros de la Disposición N° L26 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO de fecha 31 de octubre de 1997 y sus modificatorias por el siguiente: "Campo 11.- Indicar la situación ante el I.V.A. del depositante. Se codificará de la siguiente manera. 1.- Responsable inscripto; 2.- Monotributista, 3.- Responsable no inscripto; 4.- No categorizados".

Art. 2° — La presente disposición tendrá vigencia a partir del quinto día hábil, contado desde su publicación, por lo que deberá ser aplicada a los formularios emitidos a partir de esa fecha, e incorporada a los Soportes Magnéticos Informáticos del Formulario C1116A (Nuevo Modelo) correspondientes al mes de enero de 2001 y subsiguientes.

Art. 3°
— Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Oscar R. Merbilhaa.

Administracionius UNLP

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