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Decreto Nº 845




JUSTICIA FEDERAL



DECRETO Nº 845



Bs. As., 24/12/73



POR TANTO:



Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


PERON


Antonio J. Benítez

Administracionius UNLP

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