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Decreto Nacional 1




PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 1646/96

Apruébase la estructura organizativa de la Secretaría de Prensa y Difusión.

Bs. As., 26/12/96

VISTO los Decretos Nº 2.622, de fecha 28 de diciembre de 1992, Nº 1.265, de fecha 29 de julio de 1994, sus actos modificatorios, Nº 1.545, de fecha 31 de agosto de 1994 y Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto citado en primer término se aprobó la estructura organizativa de la ex-SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, modificada, a su vez, por las normas mencionadas en segundo término.

Que a fin de mejorar el funcionamiento y la calidad de los servicios prestados por las distintas jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, conforme lo establecen las normas contenidas en la Ley Nº 24.629, resulta necesario modificar la estructura organizativa de la actual SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que a fin de dar cumplimiento operativo a los objetivos fijados en la presente estructura, es procedente establecer la cobertura de las vacantes existentes en el área de la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a la mayor brevedad, disponiendo ante la emergencia ciertas medidas de excepción.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1º de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa de la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, cuyos Organigramas, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, Planta Permanente y Dotación Global que, como Anexos I, II, IIIa y IIIc, respectivamente, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — Modifícase el Anexo I del Decreto Nº 660/96, en la parte pertinente a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION, que quedará redactado:

SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION
Subsecretaría de Prensa y Difusión
Subsecretaría Técnico Administrativa

Art. 3º — Modifícase el Anexo II del Decreto Nº 660/96, en la parte pertinente a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION, de acuerdo al Anexo II del presente Decreto, que forma parte integrante del mismo.

Art. 4º — Modifícase el Anexo III del Decreto Nº 660/96, en la parte pertinente a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION, que quedará redactado:

TELAM S.A.
ATC S.A.
Emisoras Comerciales Administradas por el Estado
Comité Federal de Radiodifusión

Art. 5º — Modifícase el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, en la parte pertinente a la EX-SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION actual SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de acuerdo con el Anexo IV, que forma parte integrante del presente.

Art. 6º — Exceptúase a la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el término de NOVENTA (90) días, de la aplicación de los Títulos II y III, Capítulo I y Capítulos I, II y III, respectivamente, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Art. 7º — Deróganse los Decretos Nros. 2622/92 y 1265/94 y sus actos modificatorios.

Art. 8º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado a las partidas específicas de la Jurisdicción 2001 - PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Carlos V. Corach.

ANEXO I. ORGANIGRAMA

EMISORAS COMERCIALES ADMINISTRADAS POR EL ESTADO

































LT 88

TV Canal 11 - Formosa

LU 91

TV Canal 12 - Trenque Lauquen - Pcia. Buenos Aires

LT 11

Radio General Francisco Ramírez - C. del Uruguay - Entre Ríos

LT 12

Radio General Madariaga - Paso de los Libres - Corrientes

LT 14

Radio General Urquiza - Paraná - Entre Ríos

LV 4

Radio San Rafael - Mendoza

LV 8

Radio Libertador - Mendoza

LV 19

Radio Malargüe - Mendoza

LU 4

Radio Patagonia Argentina - Comodoro Rivadavia - Chubut

LU 23

Emisora Lago Argentino - El Calafate - Santa Cruz







EMISORAS INTEGRANTES DEL SERVICIO OFICIAL DE RADIODIFUSION



























































































































L.R.A. 1

Radio Nacional Buenos Aires

L.R.A. 2

Radio Nacional Viedma

L.R.A. 3

Radio Nacional Santa Rosa

L.R.A. 4

Radio Nacional Salta

L.R.A. 5

Radio Nacional Rosario

L.R.A. 6

Radio Nacional Mendoza

L.R.A. 7

Radio Nacional Córdoba

L.R.A. 8

Radio Nacional Formosa

L.R.A. 9

Radio Nacional Esquel

L.R.A. 10

Radio Nacional Ushuaia

L.R.A. 11

Radio Nacional Comodoro Rivadavia

L.R.A. 12

Radio Nacional Santo Tomé

L.R.A. 13

Radio Nacional Bahía Blanca

L.R.A. 14

Radio Nacional Santa Fe

L.R.A. 15

Radio Nacional San Miguel de Tucumán

L.R.A. 16

Radio Nacional La Quiaca

L.R.A. 17

Radio Nacional Zapala

L.R.A. 18

Radio Nacional Río Turbio

L.R.A. 19

Radio Nacional Puerto Iguazú

L.R.A. 20

Radio Nacional Las Lomitas

L.R.A. 21

Radio Nacional Santiago del Estero

L.R.A. 22

Radio Nacional San Salvador de Jujuy

L.R.A. 23

Radio Nacional San Juan

L.R.A. 24

Radio Nacional Río Grande

L.R.A. 25

Radio Nacional Tartagal

L.R.A. 26

Radio Nacional Resistencia

L.R.A. 27

Radio Nacional Catamarca

L.R.A. 28

Radio Nacional La Rioja

L.R.A. 29

Radio Nacional San Luis

L.R.A. 30

Radio Nacional San Carlos de Bariloche

L.R.A. 42

Radio Nacional Gualeguaychú

L.R.A. 51

Radio Nacional Jáchal

L.R.A. 52

Radio Nacional Chos Malal

L.R.A. 53

Radio Nacional San Martín de los Andes

L.R.A. 54

Radio Nacional Ingeniero Jacobacci

L.R.A. 55

Radio Nacional Alto Río Senguerr

L.R.A. 56

Radio Nacional Perito Moreno

L.R.A. 57

Radio Nacional El Bolsón

L.R.A. 58

Radio Nacional Paso Río Mayo

L.R.A. 59

Radio Nacional Gobernador Gregores



ANEXO II

SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION

OBJETIVOS

1.- Entender en la formulación y control de las políticas de comunicación social y de medios de comunicación social.

2.- Entender en la difusión de la actividad del Poder Ejecutivo Nacional y en su relación con el periodismo nacional e internacional.

3.- Efectuar la difusión de los actos del Estado Nacional a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno y externo.

4.- Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran bajo la responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional, y aquellas empresas del sector en las que la Secretaría de Prensa y Difusión sea accionista.

5.- Coordinar y controlar la gestión comunicacional de las Empresas dependientes del área.

6.- Intervenir y efectuar la planificación y contratación de la publicidad oficial.

7.- Coordinar y controlar la ejecución de políticas fijadas por el Estado Nacional para el sector de la radiodifusión que se implementen a través del Comité Federal de Radiodifusión.

SUBSECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION

OBJETIVOS

1.- Establecer las pautas en relación a la cobertura periodística y registro gráfico de la actividad del Poder Ejecutivo Nacional y la difusión de los actos de gobierno.

2.- Planificar y controlar las políticas de comunicación social y de medios de comunicación, evaluando su impacto informativo.

3.- Planificar y controlar la gestión de un sistema comunicacional integral de radio y televisión de interés para la comunicad y coordinar su ejecución con otros organismos competentes en el orden nacional, provincial y municipal.

4.- Organizar y coordinar las conferencias de prensa convocadas por el Poder Ejecutivo Nacional y planificar y controlar la gestión de la Sala de Conferencias.

5.- Administrar la intervención de los Locutores Oficiales en todos los actos del Poder Ejecutivo Nacional.

SUBSECRETARIA TECNICO ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.- Asistir al Secretario de Prensa y Difusión en la administración y contralor de los medios de comunicación a su cargo y de sus organismos descentralizados cualquiera sea su naturaleza.

2.- Entender en la administración de los bienes y recursos de la Secretaría y de las emisoras dependientes de la jurisdicción.

3.- Entender en la gestión y desarrollo de los recursos humanos de la Secretaría.

4.- Controlar los actos jurídicos y administrativos de la Secretaría y proveer a la defensa en juicio de la Secretaría en asuntos de su jurisdicción.

5.- Entender en los asuntos contenciosos en que la Secretaría sea parte.

6.- Entender en la planificación y contratación de la publicidad oficial del Sector Público Nacional.

DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO OFICIAL DE RADIODIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir y controlar en sus aspectos técnicos, artísticos y operativos las emisoras de radiodifusión que integran el Servicio Oficial de Radiodifusión, administrando los recursos que le son asignados.

ACCIONES

1.- Diseñar las pautas para la elaboración de la programación artística de las emisoras de radiodifusión de su jurisdicción y controlar su cumplimiento.

2.- Fiscalizar las actividades de las emisoras de radiodifusión en sus aspectos técnicos y operativos de acuerdo a la normativa vigente.

3.- Elaborar y proponer normas específicas referentes al funcionamiento integral y mantenimiento de las emisoras que componen el Servicio Oficial de Radiodifusión.

4.- Formar las Cadenas Nacionales y Oficiales de Radiodifusión y Televisión, de acuerdo a las pautas establecidas.

5.- Difundir a través de las ondas cortas de Radiodifusión Argentina al Exterior, las actividades del Gobierno Nacional, así como también los aspectos artísticos, musicales, culturales y deportivos de nuestro País al mundo.

6.- Administrar los recursos humanos, económicos y financieros que le sean asignados y gestionar los asuntos legales del área de su competencia.

DIRECCION GENERAL DE PRENSA Y DIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar, planificar y proponer las políticas de la Secretaría para una adecuada comunicación de los actos de Gobierno y la cobertura periodística de la actividad oficial del Estado Nacional y del Poder Ejecutivo Nacional, a fin de proyectar la imagen del país en el ámbito interno. Elaborar las pautas, lineamientos y normas necesarias para el cumplimiento de los objetivos publicitarios del Sector Público Nacional.

ACCIONES

1.- Analizar la información producida por los distintos medios respecto a los actos de gobierno y su incidencia y receptividad por parte de la población del país.

2.- Coordinar el cumplimiento de la política de información de los actos de gobierno.

3.- Planificar las campañas periodísticas de los actos gubernamentales.

4.- Coordinar la provisión a los distintos medios del país de una cobertura plena de la acción de gobierno.

5.- Atender a las necesidades de materiales técnicos necesarios para la realización de las campañas de divulgación de los actos de gobierno.

6.- Entender en todo lo relativo a la acreditación de periodistas profesionales en la Casa de Gobierno y en el funcionamiento de la Sala de Periodistas.

7.- Difundir información, publicidad y/o publicaciones relacionadas con la actividad del Gobierno Nacional.

8.- Intervenir en las campañas de difusión del Gobierno Nacional.

9.- Producir material de difusión impreso y/o audiovisual vinculado con la acción de Gobierno.

10.- Realizar la promoción de programas y campañas de difusión de la acción gubernamental y evaluar su resultado.

11.- Proveer las facilidades previstas en la Ley de Radiodifusión para la emisión sin cargo de anuncios de interés general, supervisando su contenido y calidad.

12.- Intervenir en la organización de las conferencias de prensa convocadas por el Poder Ejecutivo Nacional.

DIRECCION DE FOTOGRAFIA

ACCIONES

1.- Realizar las tareas tendientes al registro fotográfico de aquellos eventos que le sean solicitados.

2.- Efectuar registros fotográficos de todo acto oficial en el que intervengan funcionarios de la Presidencia de la Nación.

3.- Efectuar el registro fílmico de todo acto o evento en el que participen funcionarios de la Presidencia de la Nación y de aquéllos que le sean requeridos.

4.- Coordinar con la Agencia TELAM S.A.I.y P. la elección y publicación de las tomas fotográficas y de las filmaciones de los actos en que sea requerida su intervención.

5.- Realizar el archivo fotográfico y fílmico de los actos oficiales y de gobierno y de las personalidades más destacadas del que hacer nacional e internacional.

6.- Ordenar y efectuar los trabajos de laboratorio necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

7.- Ordenar y planificar la intervención y participación de los fotógrafos en los distintos eventos a fin de asegurar una cobertura integral y adecuada de los mismos.

DIRECCION DE INFORMACION

ACCIONES

1.- Atender el suministro de la información oficial.

2.- Intervenir en toda actividad vinculada con el periodismo acreditado en la Casa de Gobierno, tanto nacional como extranjero y controlar los trámites de acreditación y funcionamiento de la Sala de Periodistas.

3.- Supervisar las tareas de redacción periodística.

4.- Confeccionar notas especiales y de divulgación con destino a los distintos medios.

5.- Elaborar el material informativo que le sea requerido para su distribución de acuerdo a instrucciones específicas.

DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL

ACCIONES

1.- Realizar los estudios conducentes para la elaboración de las políticas de comunicación social y de medios de comunicación y coordinarlas entre los organismos de difusión gubernamentales.

2.- Analizar y elaborar la información referida a la acción del gobierno y el grado de penetración en los medios de comunicación.

3.- Elaborar e implementar los mecanismos que tienden a la producción de un mensaje comunicacional unificado y fidedigno.

4.- Coordinar el cumplimiento de las políticas de información de los actos de gobierno.

5.- Elaborar informes periodísticos de la opinión de la población con relación a la gestión de los funcionarios gubernamentales.

DIRECCION DE SALA DE CONFERENCIAS

ACCIONES

1.- Mantener la Sala de Conferencias en óptimas condiciones de ser requerida para eventos de primer nivel.

2.- Producir la adaptación de la Sala de Conferencias para cada tipo de evento para el que sea requerida.

3.- Coordinar los aspectos protocolares y técnicos de los eventos gubernamentales a realizarse en la Sala de Conferencias.

4.- Promover actividades culturales para un eficiente uso de la Sala de Conferencias.

DIRECCION GENERAL DE CONTROL INSTITUCIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar los recursos asignados a las emisoras comerciales dependientes de la Secretaría de Prensa y Difusión.

Coordinar y planificar la contratación de la publicidad de los organismos oficiales del sector público nacional. Asistir jurídicamente a la Secretaría en todos los actos y situaciones que requieren intervención legal.

ACCIONES

1.- Elaborar mecanismos de control para el funcionamiento de las emisoras de radio y televisión dependientes de la Secretaría.

2.- Planificar, programar y disponer la realización de las auditorías contables y operativas de las emisoras y organismos dependientes.

3.- Controlar la gestión y los procedimientos de privatización de las emisoras dependientes, en el momento que sean propuestas para tal fin.

4.- Efectuar el seguimiento y fiscalización de las liquidaciones de las emisoras privatizadas dependientes de la jurisdicción.

5.- Entender en la coordinación de las contrataciones de publicidad que efectúen los organismos oficiales del sector público nacional.

6.- Elaborar mecanismos de control para el funcionamiento de los organismos descentralizados, cualquiera sea su naturaleza, dependientes de la Secretaría.

7.- Controlar la gestión de los juicios y los asuntos contencioso y administrativos en que la Secretaría sea parte.

8.- Asistir en la elaboración de proyectos de leyes, decretos, Resoluciones y Disposiciones normativas vinculadas al área de competencia de la Secretaría.

9.- Efectuar la redacción e interpretación de los contratos en los que sea parte la Secretaría y supervisar aquellos pertenecientes a los organismos descentralizados cualquiera sea su naturaleza.

10.- Gestionar los sumarios que se inicien en dependencias de la Secretaría y supervisar los que se realicen en los entes dependientes de ella, y la sustanciación de los recursos administrativos.

11.- Coordinar las relaciones con organismos e instituciones gubernamentales y no gubernamentales, públicas o privadas, y analizar e interpretar los convenios que se realicen con dichos organismos.

12.- Fijar criterios de apreciación en las cuestiones jurídicas institucionales sometidas a su consideración y emitir los correspondientes dictámenes e informes.

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

ACCIONES

1.- Elaborar los dictámenes e informes de asesoramiento jurídico administrativo que le sean requeridos.

2.- Preparar proyectos de Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones vinculadas al área de competencia de la Secretaría.

3.- Participar en la discusión y suscripción de los Convenios Colectivos de Trabajo aplicables al personal de los entes dependientes.

4.- Proyectar los contratos que le puedan ser requeridos por la Superioridad para el cumplimiento de su labor operativa.

5.- Proveer la información normativa y evacuar consultas sobre las mismas y llevar el registro respectivo.

6.- Ejercer la representación y patrocinio de la Secretaría, en los asuntos judiciales, contenciosos y administrativos en que sea parte interesada.

7.- Entender y actuar en todas las cuestiones extrajudiciales en materia contractual y extracontractual atinente a la Secretaría.

8.- Realizar la instrucción de los sumarios que se inicien en dependencias de la Secretaría y en los entes dependientes de ella, y la sustanciación de los recursos administrativos que le sean encomendados.

9.- Intervenir en las cuestiones judiciales comprendidas en el régimen de consolidación de deuda pública.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la gestión y desarrollo de los recursos humanos de la Secretaría de Prensa y Difusión.

ACCIONES

1.- Organizar las acciones tendientes a la gestión y desarrollo de los recursos humanos de la Secretaría.

2.- Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional.

3.- Coordinar y asistir técnicamente en los procesos de cobertura de vacantes.

4.- Implementar, mantener y actualizar el Sistema de Evaluación de Desempeño.

5.- Relevar las necesidades de capacitación del personal de la Secretaría y coordinar las acciones para atender la demanda relevada.

6.- Articular y gestionar los actos administrativos que afecten al personal de esta Secretaría.

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y PRESUPUESTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Programar, organizar y conducir las acciones tendientes a asegurar un eficiente y ágil desenvolvimiento de las tareas relacionadas con la administración, procesamiento, control presupuestario y relevamiento de los bienes asignados a la Secretaría de Prensa y Difusión.

ACCIONES

1.- Programar y ejecutar el seguimiento de las gestiones administrativo-contables realizadas por la Secretaría.

2.- Confeccionar y gestionar el presupuesto de la Secretaría, de las emisoras dependientes y de sus organismos descentralizados.

3.- Dirigir las tareas relacionadas con la contabilidad, registro y control patrimonial de los bienes muebles e inmuebles asignados al uso de la Secretaría y de sus emisoras independientes.

4.- Entender en la tramitación de compras, locación de bienes, y/o servicios que requieran las unidades organizativas de la Secretaría.

5.- Dirigir las tareas atinentes a la protocolización, salida y archivo de los actos administrativos emanados de las autoridades del organismo y al registro y diligenciamiento de la documentación y correspondencia en trámite.

6.- Efectuar las previsiones presupuestarias de los acreedores judiciales, que se encuentran fuera del régimen de consolidación de deuda.

7.- Efectuar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación los subsidios correspondientes a las emisoras comerciales dependientes de la Secretaría, y elaborar la rendición pertinente para la Tesorería General de la Nación.

8.- Efectuar ante la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y/o Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos el cronograma de pagos por la facturación de los servicios que prestan al Poder Ejecutivo Nacional, TELAM y ATC S.A.

9.- Coordinar los trámites administrativos y/o presupuestarios de las empresas y organismos descentralizados dependientes de la Secretaría.





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