BANCO HIPOTECARIO NACIONAL
Decreto 365/95
Apruébase el Presupuesto de Gastos y el Plan de Acción para el ejercicio 1995 correspondiente a la citada Institución.
Bs. As., 20/3/95
VISTO el Artículo 29 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1994) y,
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada norma legal se determina que el PODER EJECUTIVO NACIONAL aprobará anualmente el Presupuesto de Gastos y Recursos de las instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial y sus planes de acción.
Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida por la cual se aprueba el presupuesto perteneciente al BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, integrante de dicho sistema.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones que emanan del artículo 29 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1994).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto de Gastos y el Plan de Acción para el ejercicio 1995 correspondiente al BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas al presente Artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º — Apruébase el Cálculo de Recursos afectado a la financiación del Presupuesto de la Institución a que se refiere el Artículo 1º del presente Decreto, de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas a este Artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 3º — Apruébase la distribución administrativa de los Recursos Humanos de la institución a que se refiere el Artículo 1º del presente Decreto, de acuerdo con el detalle obrante en planillas anexas al presente Artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 4º — Dése cuenta oportunamente al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Domingo F. Cavallo.
NOTA: Este Decreto se publica sin planillas anexas. La Documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).