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Demanda por alimentos. Cliente sin trabajo!


Hola. Espero que me puedan ayudar, es mi 1º caso.
Me llama un cliente al que le iniciaron una demanda por alimentos, en el marco de un divorcio por injurias con sentencia en el 2007.
Tienen una nena de 9 años, que vive con la madre y sus abuelos maternos.
Por otro lado, está mi cliente que también vive con sus padres y una hermana en una casa alquilada. Ni el ni los padres trabajan (creo que el padre es pensionado). Tengo que indagar un poco más, para ver quién paga el alquiler y las cuentas en esa casa.
Le están fijando alimentos provisorios por $ 600.
A todo esto está mas que en rebeldía porque la demanda es de fecha 04/11/2010.
Qué me dicen? Me tengo que abocar a probar que el tipo no trabaja, verdad? Tampoco tiene bienes, tarjetas, cuentas, nada de nada.
En la demanda la actora pide oficios al Anses, al Banco Central y a todas las tarjetas de crédito. Imagino que yo tendría que hacer lo mismo.
Por otro lado tendré que pedir un régimen de visitas porque la ex no lo deja verla.
Qué pasa si no tengo forma de probar que durante todos estos años el quiso verla y ocuparse de ella? Es justamente lo que alegra la otra parte, y mi cliente no tiene recibos de comprarle ropa, ni nada por el estilo.
Los abuelos paternos tampoco están en condiciones de pasarle alimentos...
Qué hago????
Gracias!

dra.janerio UAI

Respuestas
UNMDP
BJL Súper Moderador Creado: 04/12/10
1º que no se haya presentado no implica necesariamente la rebeldía, para ello la tiene que haber pedido la contraparte. Lo que si esta constituido en los estrados del juzgado.

2º Por mas que no trabaje, no esta eximido de contribuir alimentos, a lo sumo podrás obtener una morigeración. Por lo que primero, le recomendaria a tu cliente que empiece a buscar trabajo, porq si llegase a demostrar que sus ingresos no le permiten pagar los $600 por ahi pueda ser mas facil que te bajen el monto.

UNMDP
maansse Ingresante Creado: 08/12/10
Exactamente, para q’ se lo declare en rebeldía tiene que haber pedido de la otra parte.
Por otro lado, como defensor del demandado tenes una participación un poco limitada, solo podes centrate en demostrar el caudal económico de tu cliente (en este caso nulo) y el caudal económico de la parte actora. Acordate que solo podes valerte de prueba documental e informativa (art 640 cpc ba). Si la otra parte esta bien económicamente es una alivio teniendo en cuenta que tu cliente no tiene ingresos.
Mucha suerte!!!

UAI
dra.janerio Premium II Creado: 09/12/10
Gracias a todos!
Seguramente la otra parte haya pedido la rebeldía... tengo que ir a ver el expediente!
Con o sin rebeldía lo 1º que tengo que hacer es contestar la demanda, verdad? La actora afirma que esta sin trabajo, que la ayudan los padres de ella que tienen un quiosco...
No puedo ofrecer testimonial?
Cuánto le puedo llegar a cobrar a mi cliente?
Gracias de nuevo!

Vanina Janeiro

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