Fijate aca... igualmente te resumo: No necesitas nada mas que ir a Rentas y explicar que queres hacer un reclamo de repeticion de impuestos... ellos te dan unos formularios y haces el tramite es gratis: pero como toda burocrasia argentina tenes que completar unos cuantos formularios
MRIO. DE ECONOMíA - DCION PCIAL RENTAS - DIRECCION ADJUNTA DE RECAUDACION - DEMANDA DE REPETICIÓN DE IMPUESTOS
¿Qué es ? ¿De qué se trata ?
Por este trámite un contribuyente de cualquier impuesto provincial podrá solicitar la devolución de montos abonados indebidamente o lograr que estos últimos se reasignen a deudas originadas en otros conceptos tributarios.
¿Para quién es ?
Para contribuyentes de cualquiera de los impuestos provinciales.
¿Quién lo puede realizar ?
Contribuyentes y/o responsables de los tributos o sus representantes munidos del correspondiente poder.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
La presentación de la siguiente documentación:
1- Comprobantes originales de pago o resumen de débito automático; de solicitar la repetición de bonos deberá acompañarse el certificado original de transferencia expedido por Caja de Valores S.A. o indicación expresa del número de expediente en el que se encuentra agregado y copias de los mismos.
2-Formulario R-338, completo en todos sus términos y nota referenciando en forma clara y suscinta los hechos y fundamentos que dan lugar a la solicitud presentada.
3- En caso de actuarse mediante apoderado (documentos que acrediten su calidad).
4- Declaración jurada de bienes (Formulario R-348): en la que deberá dejarse constancia de todos los bienes de propiedad del contribuyente, así como el número de ingresos brutos. Dicha declaración jurada es de carácter personal.
5- Fotocopia del título de dominio.-
6- En caso de pago en exceso por exención: copia autenticada de la resolución que la disponga. En caso de estar comprendido en Zona de desastre o Emergencia Agropecuaria, copia autenticada del certificado respectivo.-
7- En supuesto de iniciar el trámite un escribano como agente de retención: copia simple de la escritura objeto de la demanda y manifestación de las partes contratantes indicando quien abonó el impuesto.
8- De iniciar el trámite una persona jurídica: copia del contrato social, copia de la última asamblea de designación de autoridades vigente.
¿Cuanto demoro en hacerlo?
Solo se demora el tiempo necesario para la presentación formal de la documentación. Estimando razonablemente, no debería exceder una mañana.
¿Cuanto demoro en obtenerlo?
La obtención del producto final del trámite (la devolución de los montos o sus compensaciones) nunca podrá estimarse con alguna racionalidad: siempre dependerá de las características específicas de cada caso.
¿Cómo recibo el resultado o producto del tramite ?
El resultado se conocerá por medio de una notificación fehaciente de la Dirección Provincial de Rentas en el domicilio del solicitante.
¿Cuánto cuesta?
El trámite es gratuito.
¿Dónde lo puedo hacer?
En cualquiera de las oficinas de atención al público de la Dirección Provincial de Rentas.
Horario de atención
Lunes a viernes de 8 a 15 horas.
Horario y/o dias y/o periodos de menor concurrencia
Siempre será prudente evitar los días próximos al vencimiento de obligaciones tributarias.
Organismo responsable
Dirección Provincial de Rentas y sus Direcciones de Técnica Tributaria y de Recaudación y Control del Cumplimiento Tributario.
si encuentro algo lo posteo aqui salu2
eki