DEPORTE
Ley 25.753
Foméntase la intervención de deportistas en competiciones nacionales e internacionales, quienes deberán llevar en la indumentaria deportiva de su equipo la divisa patria. Modificación de la Ley Nº 20.655.
Sancionada: Julio 16 de 2003.
Promulgada: Agosto 7 de 2003.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Modifícase el inciso g) del artículo 3º Capítulo I, de la Ley Nº 20.655, el que quedará redactado de la siguiente forma:
g) Fomentar la intervención de deportistas en competiciones nacionales e internacionales, quienes deberán llevar en la indumentaria deportiva de su equipo la divisa patria.
ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo nacional, al momento de la entrada en vigencia de la presente ley, deberá dictar normas reglamentarias considerando los compromisos adquiridos con las distintas instituciones deportivas.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRES.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 25.753 —
EDUARDO O. CAMAÑO. — JOSE L. GIOJA. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.