Derecho notarial: ¿Que abarca el juicio de capacidad?
Que tal amigos! Tengo la siguiente duda: El juicio de capacidad que realiza el escribano, abarca solamente la de establecer la mayoría de edad, o, abarca tambien capacidad de hecho, de derecho, etc.??? Muchas gracias!!! Un saludo!!!!
hola! si bien el juicio de capacidad no es una mención que determine la ley como obligatoria, algunos autores entienden que la expresión "personas hábiles" (o capaces) se refiere al requisito de expresar la mayoría de edad de los comparecientes. Por otra parte, al ser el notario profesional del derecho, se entiende que en el dar forma jurídica al negocio que las partes pretenden celebrar, hace un examen del cumplimiento de las condiciones que la ley de fondo requiere para el acto en cuestión y en definitiva el juicio de capacidad también abarcaría la capacidad tanto de hecho como de derecho.
Sin embargo, como opinión personal lo digo, me parece complicado para un escribano la extencion de este juicio de capacidad, que si se extiende a la capacidad de hecho también debería indagar la salud mental de quien se le presenta, lo que muchas veces puede ser dificultoso, comprometiendo su responsabilidad en una mención que es de estilo simplemente.
Es una cuestión controvertida por lo que leí y se puede obviar de mencionar bastando que consignes la edad y demás datos de los comparecientes.
Sin embargo, como opinión personal lo digo, me parece complicado para un escribano la extencion de este juicio de capacidad, que si se extiende a la capacidad de hecho también debería indagar la salud mental de quien se le presenta, lo que muchas veces puede ser dificultoso, comprometiendo su responsabilidad en una mención que es de estilo simplemente.
Es una cuestión controvertida por lo que leí y se puede obviar de mencionar bastando que consignes la edad y demás datos de los comparecientes.