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Derecho Politico


Hola amigos, este es mi primer mensaje en este fantástico portal de Derecho. 1ro quiero felicitarlos por la cantidad de material que suben sin fines de lucro para que podamos Estudiar, en cualquier momento les prometo estoy comprando su bono de 20 pesos porque simplemente es genial el trabajo y esfuerzo que realizan.
Ahora los molesto por una pregunta muy entupida, Cuales son las diferencias de la "Teoría del Órgano" de Jellinek y la "Teoría del Mandato" de Duguit. Tengo el "Manual de Derecho Político de Mario J. López" y no logro encontrar esta parte. Desde ya muchísimas gracias y un abrazo grande a toda la comunidad de planeta ius!.

Rodrikp Sin Definir Universidad

Respuestas
UNLP
pabloandres Usuario VIP Creado: 12/06/08
Hola.... mirá, Yo habia estudiado en su momento con el manual de Fayt y si mal no recuerdo, las teorias organicistas, se remontan a antes de Hobbes y la idea de ver al estado como una analogia de un cuerpo, cuya "cabeza" dirige a los "miembros" subordinados a ella.
Y la teoria del mandato surge con la ilustracion, mas precisamente con Rousseau que dice que el ser humano "pacta" entre sí cediendo TODOS sus derechos (a diferencia del "pacto" de Locke, que cedia solo algunos) y los recupera ipso facto revitalizados en la condicion de ciudadano, que otorga el mandato. O sea que segun la teoria organicista todos los miembros inferiores obedecen a la "cabeza" y segun la teoria del mandato la cabeza esta alli porque esta sostenida por los miembros inferiores
Bueno.... mas o menos era algo asi
Saludos y espero haberte sido de ayuda
Pablo Andres

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UMSA
EJA Moderador Creado: 12/06/08
A grandes rasgos, la teoría del órgano explica la imputación de la voluntad humana a la de las personas jurídicas. Así, el órgano posee competencia, forma y voluntad y es ocupado por una persona persona física que, en el sistema democrático, cambia periódicamente. De esta manera, el órgano ejerce sus atribuciones y expresa la voluntad de la persona jurídica a través de quien ocupe el cargo correspondiente.

Por otro lado, la teoría del mandato expone que "las personas humanas tienen un mandato de la persona jurídica para expresar su voluntad" (Duguit). Las personas físicas tendrían un mandato (contrato) de la persona jurídica para ejercer sus atribuciones exclusivamente por sí misma, con toda independencia del órgano.
Hoy está ampliamente superado que esta teoría es equivocada.

Saludos.

Sin Definir Universidad
Rodrikp Ingresante Creado: 13/06/08
Muchisimas gracias amigos! lo que no pude encontrar por hs ustedes me lo aclararon en 2 seg jajaja.

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