Hola, tengo una duda con respecto a lo pedido en la bolilla 13, punto 44 del programa de la cátedra 1 de derecho procesal penal de la unlp. La misma habla acerca del procedimiento común: etapa preparatoria, procedimiento intermedio y juicio. Con respecto a la etapa preparatoria, solicita lo referente a juez de instrucción., la instrucción: concepto, objeto, naturaleza, finalidad, formalidades, actos principales, carácter de las actuaciones, diligencias, participación y facultad de los intervinientes., duración. Si alguien tiene información sobre ello, se lo agradecería mucho y además por lo que tengo entendido en la actualidad el juez de instrucción no existe mas para el código de procedimiento penal de la provincia de buenos aires, cuyo lugar pase a ser ocupado por el fiscal y el juez de garantías, esto es así? muchas gracias, espero su respuesta.
- Juez de instrucción = Juez de garantías
- Instrucción = I.P.P
Fiscal existió siempre, pero con menor importancia en su función.