DERECHOS HUMANOS
Decreto 1200/2003
Institúyese un premio anual denominado "Azucena Villaflor de Devincenti", destinado a reconocer a los ciudadanos y/o entidades que se hubieren destacado por su trayectoria cívica en defensa de los derechos humanos.
Bs. As., 5/12/2003
VISTO la gestión iniciada por el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS tendiente a instituir un premio anual, denominado "AZUCENA VILLAFLOR de DEVINCENTI", destinado a reconocer la trayectoria cívica llevada a cabo en defensa de los derechos humanos por ciudadanos y/o entidades, y
CONSIDERANDO:
Que la señora Azucena Villaflor de Devincenti inició un movimiento por la defensa de la verdad y la justicia, posteriormente conocido como "MADRES DE PLAZA DE MAYO", integrado por un grupo de valientes mujeres, comprometidas con los objetivos que lo inspiraran, las que se destacaron por su coraje cívico y cuyo prestigio e influencia en la sociedad argentina trascendió las fronteras del país.
Que, por su condición de fundadora y mentora inicial de tan ponderable accionar y por su inclaudicable lucha, en el mes de diciembre de 1977 se produjo en la Ciudad de Buenos Aires el secuestro y posterior desaparición de la señora Villaflor de Devincenti.
Que, por otra parte, el 10 de diciembre de cada año se celebra el "Día de los Derechos Humanos", en conmemoración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada en ese día del año 1948 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas.
Que el respeto a los derechos humanos y a la dignidad del hombre debe ser el paradigma ético de toda sociedad que se considere fiel a los ideales de libertad y justicia.
Que en ese marco, parece de estricta justicia honrar la personalidad y trayectoria de Azucena Villaflor de Devincenti y la lucha de las Madres de Plaza de Mayo, como señal de deferencia y consideración a esa figura, comprometida al límite con la defensa y protección de los derechos humanos, sentimientos en los que coincide gran parte de la sociedad argentina y resultan unánimes en los ámbitos políticos y sociales abocados a esa temática.
Que la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, resulta el área competente para adoptar las medidas necesarias para la adjudicación del premio que se instituye.
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Institúyese un premio anual, denominado "AZUCENA VILLAFLOR de DEVINCENTI", destinado a reconocer a los ciudadanos y/o entidades que se hubieran destacado por su trayectoria cívica en defensa de los derechos humanos.
Art. 2º — El premio que se instituye por el artículo precedente, consistente en un objeto simbólico y un diploma de honor, será entregado anualmente por el Presidente de la Nación, en acto público en conmemoración del Día de los Derechos Humanos.
Art. 3º — La SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, o el organismo que lo reemplace en el futuro, arbitrará las medidas de orden técnico y administrativo que fuere menester para la implementación de la entrega del premio a que se refiere el presente decreto, tales como la designación del destinatario, difusión previa para la selección del mismo, elección del diseño del premio y del diploma y demás cuestiones relacionadas con el otorgamiento de la distinción.
Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las partidas específicas del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Gustavo O. Beliz.