Saludos!
...Que muerda y vocifere vengadora,
ya rodando en el polvo tu cabeza.
" Genial gracias me quedaron muy claros los conceptos...
Pero puedo usar indistitantemente cualquiera de las dos presentaciones o hay algunos escritos que necesariamente deban encabezarse por derecho propio?"
patrocinante es el abogado que se presenta con su cliente, es decir el actor ó demandado se presenta por sus propios derechos con patrocinio letrado de su abogado.
Representante es el apoderado, el cliente le otorgó poder suficiente y el abogado invoca la personería.
En cuanto a lo de Defensor para referirse al abogado me suena a que se usa sólo en el proceso penal, y me parece que viene a ser lo mismo que patrocinante.
Te dejo textos de encabezados de escritos con patrocinio (por derecho propio) y con representación
Por derecho propio:
ALBERTO PEREZ, por mis propios derechos, con el patrocinio letrado de la Dra. ........., abo*gada, ins*cri*pta al Tomo VI, Fo*lio 80 del C.A.A., (le*gajo 97407/1, I.V.A. Resp. Monotributo, C.U*.I.T. e I.B.: 27-................-6), con domicilio constituido en calle ......... nº ............... de la ciudad de .........., en autos “PEREZ, Alberto c/ CONTAMENDI, Rosario s/ Incidente de ejecucución de alimentos”, a V.S. respetuo*samen*te me presento y digo:
Representación convencional (Apoderado):
.................., Abogada, inscripta al Tomo VI, Folio 80 del C.A.A. (Leg. 97407-1, I.V.*A. Responsable Monotributo, C.U.I.T. e I.B.: 27-..............-6, constituyendo domicilio proce*sal en calle ................ nº ............., de la ciu*dad de ................., a V.S. res*petuosamente me presen*to y digo:
-o0o-
1.- PERSONERIA.-
Que actúo en nombre y representación del Sr. Alberto PEREZ, con domicilio en calle ....... nº ....... de ........., quien me ha conferido PODER GENERAL PARA JUICIOS, "a título personal", conforme lo acredito con la copia simple de su primer testimonio que, para su agre*gación y a efectos probatorios acompaño a la presente, a cuyo respecto presto formal juramento de ley en cuan*to a su autenticidad, validez y vigencia, ofreciendo presentar el original cuando V.S. así lo requiera (art. 47 del C.P.C.C.).-
Saludos!