Previsión:
1. Usase en el mismo sentido que prevención.
2. Asimismo, la `previsión económica´ nos vincula a las mutuales
sindicales y a los mismos sindicatos, cuyos fines comprenden un tipo de prestaciones sociales en el marco de la "previsión", diversa de la `previsión social´ (en la Argentina comprende jubilaciones y pensiones, por una razón histórica; en España se identifica con la seguridad social).
3. Acerca de la `previsión social´ del delegado y los miembros de
comisiones internas, como también de los demás dirigentes y activistas
sindicales, las leyes aseguran su permanencia en el régimen aunque
dejen de prestar servicios en la empresa para cumplir con la misión sindical.
Pueden presentarse dos situaciones: a) la del dirigente que continúa
trabajando, y b) la del que deja de prestar servicios. En ambos casos
el tiempo es computable a todos los efectos previsionales y de obra
social.
Seguridad social:
La seguridad social, como conjunto de mecanismos destinados a la cobertura de las contingencias sociales de todos los habitantes del país, es parte del espectro de funciones sindicales, tanto de las asociaciones obreras como empresarias.
Por lo tanto, del aserto nace el derecho a participar en la elaboración de las normas, en la conducción de los organismos y en la ordenación y coordinación de todo el sistema. Se ha afirmado que Austria es rectora en Europa y por ende en todo el mundo, en muchos sectores de la legislación de trabajo y derecho social, lo cual se debe a iniciativas de la C.G.T. y también de los sindicatos en la Primera República. Ello se comprueba con las innumerables leyes sancionadas, pues toda la política del sindicalismo está encauzada hacia la dignificación de la vida de la clase trabajadora.
Esta vez te lo edito.
Saludos.