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Dirección de Fauna Silvestre




Dirección de Fauna Silvestre

CONSERVACION DE LA FAUNA

Disposición 1/2003

Convócase a personas físicas o jurídicas interesadas en aportar fondos para el "Proyecto zorrino".

Bs. As., 12/12/2003

VISTO el expediente Nº 70-1592/2002 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, actualmente dependiente del MINISTERIO DE SALUD, Ley de Conservación de la Fauna Nº 22.421, el Decreto Nº 666/97 reglamentario de ella, la Resolución 058/2002, y

CONSIDERANDO:

Que esta Secretaría, en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 22.421 viene desarrollando planes de manejo para distintas especies desde hace varios años, estableciendo de esta forma los lineamientos para la utilización sustentable de las mismas.

Que estos planes de manejo se elaboran a partir de proyectos de investigación que establecen las bases biológicas de los mismos, así como diferentes medidas de administración, fiscalización y control del tránsito interprovincial y del comercio nacional e internacional.

Que las especies zorrino (Conepatus sp), posee comercio significativo, tanto a nivel interno o nacional como internacional.

Que se ha consensuado entre esta Secretaría a través de la Dirección de Fauna Silvestres y una de las principales provincias del área de distribución de la especie, la necesidad de desarrollar un proyecto de investigación de estas especies con miras a la elaboración de un plan de manejo que ordene su aprovechamiento y asegure su sustentabilidad.

Que para ello, es necesario contar con el financiamiento adecuado.

Que la Resolución Nº 058/2002 establece en su Artículo 1º, el Reglamento para la Creación de Fondos de Investigación y Manejo de Especies Silvestres.

Que ha tomado la intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en la mencionada Resolución Nº 058/2002.

Por ello,

EL DIRECTOR DE FAUNA SILVESTRE
DISPONE:

Artículo 1º — Convócase a las personas físicas o jurídicas interesadas en aportar fondos para el Proyecto zorrino y acceder a los beneficios establecidos por la Resolución 058/2002.

Art. 2º — Fíjase un plazo de DIEZ (10) días, a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial, para que los interesados presenten por escrito ante la DIRECCION DE FAUNA SILVESTRE su voluntad de participar en el Proyecto zorrino.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel Ramadori.

Administracionius UNLP

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