Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

DIRECCION NACIONAL




DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Disposición 20/2004
Prorrógase la entrada en vigencia del artículo 1° de la Disposición 16/2004 D.N.R.O.
Bs. As., 23/7/2004
VISTO la Disposición D.N.R.O. N° 16 de fecha 12 de julio de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que por la norma citada en el VISTO se establecieron determinados recaudos que deberán cumplimentar los avisos comerciales cuya publicación se requiera en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Que la implementación de tales recaudos requiere ajustes en el procedimiento de recepción de avisos.
Que a fin de concluir con las diversas medidas de adecuación del referido procedimiento se considera conveniente extender prudencialmente el plazo de entrada en vigencia de las normas relativas a la certificación y/o legalización de firmas contenidas en dicha Disposición.
Por ello y en ejercicio de sus atribuciones,
EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
DISPONE:
Artículo 1° — Prorrógase la entrada en vigencia del artículo 1° de la Disposición D.N.R.O. N° 16 de fecha 12 de julio de 2004, disponiendo que la misma se hará efectiva el día 17 de agosto de 2004.
Art. 2° — Regístrese, publíquese, dése a difusión en el ámbito de esta DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, comuníquese al Colegio Público de Abogados de Capital Federal, al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. — Jorge E. Feijoó.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a DIRECCION NACIONAL