Dirección Nacional de Aeronavegabilidad
CERTIFICADOS DE IDONEIDAD AERONAUTICA
Disposición 231/2001
Establécense enmiendas en la DNAR Parte 65, en relación con las normas para el otorgamiento de certificados de idoneidad aeronáutica.
Bs. As., 28/12/2001
VISTO lo dispuesto por Resolución Nº 771/01 de fecha 16 de octubre de 2001 del Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina, lo dispuesto por Disposición Nº 154/ 01 del Comandante de Regiones Aéreas, lo propuesto por la Dirección Coordinación Técnica y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 771/01 del Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina se deroga a partir del 01 de enero de 2002 el "Reglamento de Licencias, Habilitaciones y Certificados de Competencia de Funciones Aeronáuticas Civiles" (RAG- 23), así como las resoluciones y disposiciones modificatorias del mismo.
Que mediante Disposición Nº 154/01/CRA del Comandante de Regiones Aéreas se aprueba el documento denominado "Normas para el Otorgamiento de Certificados de Idoneidad Aeronáutica" (NOCIA), el cual entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2002, en reemplazo del RAG-23.
Que consecuentemente corresponde introducir enmiendas en la DNAR Parte 65 y demás Normas y Procedimientos en las cuales esté referenciado el RAG-23, reemplazándolo cuando así corresponda, por la sigla NOCIA.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE AERONAVEGABILIDAD
DISPONE:
1º — Derogar de la DNAR Parte 65 la Subparte D "Mecánicos de Mantenimiento" a partir del 01 de enero de 2002, la cual quedará reemplazada por las "Normas para el Otorgamiento de Certificados de Idoneidad Aeronáutica" (NOCIA), excepto la Sección 65.217 "Representante Técnico", hasta su reemplazo en la DNAR Parte 145.
2º — La Dirección Coordinación Técnica reemplazará en las Normas y Procedimientos que correspondan la sigla RAG-23 por la sigla NOCIA.
3º — La Dirección Coordinación Técnica incluirá los requisitos correspondientes al Representante Técnico en la DNAR Parte 145.
4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Baigorria.