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Dirección Nacional de Protección Vegetal




Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 11/2003

Inscripción de Unidades Mínimas en la región patagónica para el Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos con destino a la República Federativa del Brasil, bajo el sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa. Inscripción de establecimientos de empaque y frigoríficos de la mencionada región.

Bs. As., 13/11/2003

VISTO el expediente ESESENASA 17.639/2003 y la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002, ambos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución SENASA Nº 891/02 se aprobó el PROGRAMA PARA LA EXPORTACION DE MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo un sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonelia, L.)
Que el artículo 3º de la citada Resolución faculta a la Dirección Nacional de Protección Vegetal a disponer los lugares y fechas de apertura y cierre de la inscripción en el Programa y ejecutar las modificaciones operativas que correspondan.

Que es menester establecer el período de inscripción para la campaña 2003/2004 en la Región Patagónica.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 3º de la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL
DISPONE:

Artículo 1º — Establecer el período de inscripción de Unidades Mínimas de Inscripción (UMI) en la Región Patagónica, para el PROGRAMA PARA LA EXPORTACION DE MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo el sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.) desde el día 17 de noviembre al 28 de noviembre de 2003, bajo los procedimientos que la Coordinación General de Programas Fitosanitarios determine.

Art. 2º — Establecer el período de inscripción de establecimientos de empaque y frigoríficos en la Región Patagónica, para el PROGRAMA PARA LA EXPORTACION DE MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo el sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia Pomonella, L) desde el día 17 de noviembre al 31 de diciembre de 2003.

Art. 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. — Diana M. Guillen.

Administracionius UNLP

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