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Dirección Nacional de Protección Vegetal




Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 13/2003

Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos, con destino a la República Federativa del Brasil, bajo el Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa. Extiéndese, para la provincia de Mendoza, el período de inscripción.

Bs. As., 15/12/2003

VISTO el expediente Nº 13.166/2003, la Disposición de la Dirección Nacional de Protección Vegetal Nº 7 del 17 de septiembre de 2003, y la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002, ambos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución SENASA Nº 891/02 se aprobó el PROGRAMA PARA LA EXPORTACION DE MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo un sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.).

Que el artículo 3º de la citada Resolución faculta a la Dirección Nacional de Protección Vegetal a disponer los lugares y fechas de apertura y cierre de la inscripción en el Programa y ejecutar las modificaciones operativas que correspondan.

Que por Disposición de la Dirección Nacional de Protección Vegetal Nº 7 del 17 de septiembre de 2003 se estableció el período de inscripción para el PROGRAMA PARA LA EXPORTACION DE MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo el sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.) desde el día 22 de septiembre hasta el 24 de octubre de 2003.

Que vistas las contingencias climáticas ocurridas en Mendoza es menester extender de manera excepcional el período de inscripción al mencionado PROGRAMA.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 3º de la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL
DISPONE:

Artículo 1º — Establecer a modo de excepción para la provincia de Mendoza, la extensión del período de inscripción para el PROGRAMA PARA LA EXPORTACION DE MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS de la REPUBLICA ARGENTINA, con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, bajo el sistema de mitigación de riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.) desde el día 15 al 19 de diciembre de 2003.

Art. 2º — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diana M. Guillen.

Administracionius UNLP

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